
El expresidente Martín Vizcarra, quien permanece en el penal de Barbadillo, denunció al director de Seguridad Penitenciaria del INPE, Henry García Malpartida, y quienes resulten responsables por el presunto delito de abuso de autoridad y violación a la intimidad en su forma agravada. Esto debido a que realizaron dos requisas en su celda en menos de 24 horas, pese a que en la primera de estas no se detectó ninguna irregularidad.
De acuerdo con la denuncia, el sábado 7 de febrero, entre las 6:00 y 7:00 p.m., el personal penitenciario llevó a cabo una requisa general en la celda de Vizcarra y la de otros tres internos. La intervención culminó sin observaciones, y los objetos encontrados estaban autorizados por la autoridad para atender necesidades básicas no cubiertas por el Estado.
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Pese a ello, en las primeras horas del domingo 8 de febrero, García Malpartida y otros servidores regresaron al penal y efectuaron una nueva requisa, aún cuando ya se había realizado una diligencia similar pocas horas antes, sin que se hubiera producido ningún incidente, relata la denuncia.
En vista de ello, el escrito presentado por la defensa de Vizcarra afirma que la segunda requisa configuraría un abuso de autoridad, al llevarse a cabo sin razón ni sustento, y pese a que los funcionarios sabían que una diligencia similar se había realizado horas antes. Asimismo, se indica que durante esta intervención se habrían lesionado los derechos a la intimidad del exmandatario, lo que constituiría una violación en su modalidad agravada.
El documento solicita que se investigue la conducta de los funcionarios y se establezca si hubo responsabilidades penales en la administración de la seguridad penitenciaria en este caso.
De igual forma, el abogado del expresidente Ollanta Humala, Edinson Huamán Chacón, envió una carta al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) solicitando detalles sobre la toma de fotografías a su defendido en el Centro Penitenciario de Barbadillo, las cuales luego fueron divulgadas por los medios de comunicación.
Además, pide información detallada sobre la cadena de mando involucrada y la autorización expresa del expresidente para el uso de su imagen.
“La sentencia dictada en primera instancia contra mi patrocinado, y que se encuentra aún en apelación, no restringe sus derechos fundamentales”, señaló resaltando que el artículo 2, inciso 7, de la Constitución reconoce el derecho fundamental a la intimidad, mientras que el Código Penal tipifica como delito la violación y el tráfico ilegal de datos personales, con agravantes si el agente es un funcionario público.





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