Tras la recusación presentada por el partido político Fuerza Popular, la cual buscaba apartar al juez Víctor Zúñiga del caso Cócteles, la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Crimen Organizado resolvió declararla infundada.
El juez Zúñiga, quien está a cargo del caso Odebrecht contra la lideresa Keiko Fujimori, incurrió en la presunta “falta de imparcialidad”, según argumentos de la defensa, al incorporar a la agrupación política en la investigación que preside el fiscal José Domingo Pérez.
Asimismo, sostuvieron que el juez adelantó el criterio de señalar que el dinero y su origen oculto, los que se transfirieron y convertido presuntamente dentro de Fuerza 2011 fueron ilícitos.
Recusación infundada
También indicaron que el magistrado contravino el criterio del Tribunal Constitucional (TC) al declarar que el pronunciamiento del órgano constitucional no es vinculante en la sentencia que declaró nulas las resoluciones judiciales que estimaron la prisión preventiva contra la presidenta de Fuerza Popular.
Frente a ello, se agrega que actualmente, existe una “posición pacífica en la doctrina constitucional y jurisprudencial del propio Tribunal Constitucional peruano en el sentido en que son perfectamente diferenciados los ámbitos de la justicia ordinaria y la justicia constitucional”.
Sin embargo, el Poder Judicial declaró infundada la recusación al no haberse acreditado la existencia o corroboración de un hecho concreto que contribuya a la duda de la imparcialidad del juez Víctor Zúñiga.
Ante la respuesta, el mencionado juez seguirá viendo el caso que vincula a Keiko Fujimori con la constructora brasileña Odebrecht y el delito de lavado de activos, entre otros.