
La Segunda Sala Constitucional de Lima ordenó que siga el proceso de amparo contra el cobro de la TUUA de transferencia en el aeropuerto Jorge Chávez, tras anular la decisión de primera instancia que había rechazado la demanda.
Con esta resolución, el Poder Judicial abre la puerta a que el caso sea evaluado en su fondo, es decir, que el juzgado constitucional analice si el cobro es legal o no y si los acuerdos que lo respaldan son válidos. La demanda fue presentada por PROTURISMO, que busca dejar sin efecto la Adenda N°6 firmada en 2013 entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y Lima Airport Partners (LAP), en la parte que habilita el cobro a pasajeros en conexión internacional.
En primera instancia, el juzgado había rechazado el caso por temas de competencia, pero la Sala superior corrigió ese criterio y confirmó que sí corresponde un análisis constitucional. Ahora el expediente regresa al juzgado de origen para una decisión de fondo.
La TUUA de transferencia es un cobro de US$11,86 que se aplica a pasajeros internacionales que hacen escala en Lima. Empezó a cobrarse en diciembre de 2025 y rápidamente generó controversia en el sector aéreo y turístico por su impacto en la competitividad del aeropuerto como punto de conexión regional.
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El debate no se limita al aspecto tarifario, sino también al contractual. El punto central es la Adenda N°9, firmada en junio entre el MTC y Lima Airport Partners (LAP), que eliminó el cobro para conexiones nacionales, pero mantuvo la tarifa para pasajeros internacionales hasta 2041.
Desde que empezó a aplicarse el cobro, algunas aerolíneas han ajustado rutas y frecuencias, mientras el costo de las escalas en Lima se suma a la competencia con otros aeropuertos de la región.
El amparo de PROTURISMO no es el único proceso en curso. La Asociación de Empresas de Transporte Aéreo Internacional del Perú (AETAI) también presentó una Acción Contencioso-Administrativa contra la resolución del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) que fijó la TUUA de transferencia (N° 017-2025).
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En este caso, el gremio cuestiona cómo se calculó la tarifa y sostiene que se habría utilizado información de Lima Airport Partners sin una verificación independiente por parte del regulador.
Con ambos procesos activos, el futuro de la TUUA de transferencia sigue en manos del Poder Judicial. Lo que se decida será clave para definir no solo la legalidad del cobro, sino también el rol del Aeropuerto Jorge Chávez como centro de conexión aérea en la región.





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