
Las personas con discapacidad severa que sean propietarias de una vivienda podrán acceder a una reducción en el pago del impuesto predial luego de que el Congreso aprobara una iniciativa que les permitirá deducir hasta 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de la base imponible utilizada para calcular este tributo municipal.
La representación nacional aprobó con 100 votos a favor el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 961/2021-CR, que modifica el Decreto Legislativo 776, Ley de Tributación Municipal, y la Ley 29973, Ley General de las Personas con Discapacidad. Posteriormente, la propuesta fue exonerada de segunda votación con 97 votos favorables.
La iniciativa establece que las personas con discapacidad severa propietarias de un único predio destinado a vivienda propia o de la sociedad conyugal, y cuyos ingresos no superen una UIT mensual, podrán acceder a este beneficio tributario.
Durante la sustentación del proyecto, el presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Víctor Flores Ruiz, señaló que el texto fue precisado para limitar su aplicación únicamente a personas con discapacidad severa, es decir, aquellas que requieren el apoyo o cuidado de una tercera persona de manera permanente o durante la mayor parte del tiempo.
Actualmente, los propietarios de viviendas deben pagar anualmente el impuesto predial, un tributo municipal calculado en función del valor del inmueble.
Sin embargo, con la norma aprobada, las personas con discapacidad severa que cumplan los requisitos podrán descontar hasta 50 UIT de la base imponible antes de que se calcule el impuesto. Esto reducirá el monto que deberán pagar a las municipalidades y, dependiendo del valor de la vivienda, podría incluso eliminar la obligación tributaria.
Para acceder al beneficio será necesario contar con el certificado de discapacidad severa emitido conforme a la normativa vigente y acreditar que se posee un único inmueble destinado a vivienda.
La aprobación de esta iniciativa busca aliviar la carga económica que enfrentan miles de personas con discapacidad severa y sus familias. A diferencia de otros contribuyentes, este grupo suele asumir gastos permanentes vinculados a atención médica, terapias, rehabilitación, medicamentos, transporte especializado o asistencia personal. En muchos casos, además, la discapacidad limita las posibilidades de acceso al empleo y a ingresos regulares.
Por ello, la reducción del impuesto predial busca liberar recursos económicos que podrán destinarse a cubrir necesidades relacionadas con el cuidado y bienestar de las personas con discapacidad.
Durante el debate parlamentario, la congresista Hilda Portero López sostuvo que la propuesta fortalece la Ley General de las Personas con Discapacidad y contribuye a garantizar una atención más adecuada para este sector de la población en materia tributaria.
El presidente de la Comisión de Economía explicó que la entrada en vigor de la norma fue actualizada debido a que el impuesto predial es un tributo de periodicidad anual.
En ese sentido, la deducción comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2027, lo que permitirá que las municipalidades adecuen sus procedimientos para implementar el beneficio.
Con esta medida, las personas con discapacidad severa que cumplan las condiciones establecidas por la ley podrán acceder a un tratamiento tributario especial para reducir el pago del impuesto predial y aliviar parte de la carga económica que enfrentan en su vida cotidiana.





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