
En la era de la digitalidad, las estafas cibernéticas pueden perjudicar a casi todas las personas, especialmente si tienen un celular y guardan información delicada. Por este motivo, el gobierno peruano aprobó la Ley N° 32451 para tratar de reducir una de las principales modalidades de fraude: el SIM swapping. El delincuente acude a una empresa operadora para obtener un chip, pero registra los datos de otra persona con el objetivo de que las autoridades no averigüen su verdadera identidad.
De esta forma, la reciente norma penaliza la activación ilegal de líneas de servicios móviles y otras formas que involucren su acceso. Además, exige que empresas como Claro, Movistar, Entel y Bitel tengan criterios más rigurosos a la hora de ofrecer sus servicios. La medida busca reducir que los delincuentes suplanten identidades y extraigan, por ejemplo, información bancaria de otras víctimas.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicó la Ley N° 32451, que modifica tres artículos del marco legal peruano para contrarrestar la activación ilegal de líneas de servicios móviles y la posesión ilegal de tarjetas SIM. Los estafadores han usado esta práctica fraudulenta para acceder a números sin el consentimiento de los usuarios. A continuación, estos son los cambios:
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"Estos cambios elevan las penas y criminalizan conductas que, antes tratadas como fraude o infracción administrativa, crean nuevos supuestos penales específicos", señaló Henrry Valdiviezo, abogado especialista en Derecho Informático por la Universidad de Buenos Aires, en una entrevista para La República.
El especialista señaló que los delincuentes llevan a cabo fraudes vinculados al uso indebido de líneas móviles, modalidad conocida como SIM swapping. El estafador adquiría una línea asociada a los datos de otra persona. Para ello, presentó documentos falsos, como el DNI, la dirección de domicilio e incluso los datos biométricos. En consecuencia, una persona inocente se ve envuelta en un delito de extorsión o estafa.
"Al identificar el nombre del titular de la línea de donde se ha cometido el delito, se descubre recién la identidad de la persona a la que se le suplantó", sostuvo Valdiviezo. Cabe señalar que los proveedores, que muchas veces han sido vendedores ambulantes, no corroboran si el cliente es quien dice ser.
Por otro lado, una vez en posesión de líneas ajenas, los estafadores suplantan la identidad de sus víctimas y solicitan directamente dinero a sus contactos. Asimismo, pueden enviar enlaces, mensajes y correos fraudulentos a los conocidos de quienes han suplantado la identidad o a terceros. Su objetivo es que las nuevas víctimas accedan a sitios web falsos o descarguen archivos con virus, lo que permitirá filtrar su información privada.
"Facilitan cometer phishing, es decir, accesos no autorizados a cuentas bancarias, creación de cuentas de WhatsApp para perpetuar estafas y el anonimato para el crimen organizado", subrayó el abogado. En consecuencia, una línea telefónica no autorizada que se usa para la extorsión, es difícil de identificar.
La Ley N° 32451 incluye una disposición complementaria que exige a las entidades supervisadas proporcionen y faciliten al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) el acceso a toda la información del proceso de comercialización, contratación y activación. Ello facilitará poner a disposición del Ministerio Público, la PNP y demás entidades que la requieran en caso de delitos.
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