Si el padre de mi hijo está en cárcel por no abonar la pensión de alimentos, ¿debe seguir pagando? Esto dice la ley en Perú
El Código Penal peruano establece una pena de hasta 3 años a las personas que incumplen con el pago de la pensión de alimentos, la cual requiere un proceso en el Poder Judicial.
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En Perú, dejar de pagar la pensión de alimentos es un delito y puede derivar en que el progenitor responsable termine en la cárcel, según el Código Penal. Esta situación causa dudas sobre si todavía corresponde apoyar económicamente a su hijo durante la privación de libertad.
La legislación peruana contempla diferentes mecanismos para asegurar el desembolso de la asistencia monetaria. De esta forma, la pensión de alimentos no requiere que los padres estén casados, divorciados o incluso que hayan tenido una relación de convivencia en el pasado.
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¿Los padres que están en cárcel deben seguir pagando la pensión de alimentos?
El incumplimiento de la pensión de alimentos conlleva el delito de omisión de asistencia familiar, el cual está tipificado en el artículo 149 del Código Penal peruano y supone una pena de hasta 3 años. Si el progenitor responsable está privado de su libertad, de todas maneras debe seguir abonando la asistencia económica, según Carlos Gózar, abogado en derecho civil y docente en la Universidad Científica del Sur.
"Mientras está en la cárcel, (el padre se presta) dinero de diferentes lugares o consigue de los familiares. Eso podría originar la liberación, pero la condena sigue", aseguró el experto. Además, el padre no se libera de las mensualidades que no desembolsó, las cuales se llaman devengados. Estos incluyen intereses legales y lo acumulado deberá ser transferido en beneficio del hijo.
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¿Qué medidas pueden tomar el juez para obligar el pago de la pensión de alimentos?
En primer lugar, se debe acudir al Poder Judicial para interponer una demanda de pensión de alimentos contra el progenitor que no asiste económicamente a su hijo. Así, Gózar explicó que el juez podría ordenar, como medida cautelar, la asignación anticipada de alimentos. Esta acción se toma de manera provisional y temporal mientras dura el proceso.
Por ejemplo, si el padre trabaja y está en planilla, el juez puede ordenar a la empresa que retenga una parte de su sueldo como asignación anticipada de alimentos. "El empleador está en la obligación de retener y dar cuenta de ello al juzgado", aseguró el especialista. Otra medida cautelar puede ser el embargo de alguna cuenta bancaria o de propiedades, aunque este último se aplica cuando el proceso judicial se encuentra en ejecución.
¿La pensión de alimentos solo se puede pedir tras el divorcio?
El abogado en materia civil precisó que no es necesario que los padres estén divorciados para que uno de ellos solicite judicialmente la pensión de alimentos. "Pueden ser personas que incluso tienen una relación ocasional y producto de ello, la mujer salió embarazada", comentó el experto. También se aplica, bajo la normatividad, la unión de hechos del artículo 326 del Código Civil, lo que implica que los progenitores solo deben ser convivientes.
Cabe señalar que el pago de la pensión de alimentos no solo se concreta mediante la vía judicial. El especialista indicó que los padres pueden acudir a un centro de conciliación extrajudicial para determinar el monto de la ayuda económica. En caso de que esta instancia no resulte, se tendrá que buscar la intermediación de un juez.
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