
En Perú, el panorama para las comunicaciones comerciales ha cambiado desde la entrada en vigencia de la Ley N.º 32323. Esta normativa, que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor, prohíbe expresamente que las empresas contacten a los ciudadanos mediante llamadas, mensajes de texto o correos electrónicos sin su consentimiento previo, también denominada llamadas spam.
Uno de los aspectos más resaltantes de esta ley es la multa que puede imponerse a las empresas que infrinjan la normativa: hasta 450 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a S/ 2.407.500. Esta cifra posiciona a la infracción como una de las más severamente sancionadas en materia de protección al consumidor. Según lo informado por el Indecopi, el objetivo es desincentivar de forma contundente las prácticas intrusivas que vulneran el derecho a la privacidad de los usuarios.
De acuerdo con la nueva normativa, las empresas están autorizadas a realizar llamadas u otros contactos con fines promocionales solo si el consumidor ha manifestado de forma previa y voluntaria su conformidad. Esta autorización puede haberse dado al adquirir un producto o servicio, pero no es permanente, y puede ser revocada en cualquier momento.
El incumplimiento de esta norma se considera una infracción muy grave en materia de protección al consumidor. Como tal, podría dar lugar a procedimientos administrativos sancionadores, con la posibilidad de aplicar medidas correctivas a favor de los consumidores afectados.
Los ciudadanos que deseen revocar su consentimiento para no recibir llamadas spam pueden hacerlo comunicándose directamente con la empresa a través de los medios que esta haya dispuesto para tal fin. Asimismo, si reciben llamadas no autorizadas, pueden presentar una denuncia ante el Indecopi mediante el portal Reclama Virtual, al correo, las líneas telefónicas habilitadas.
La normativa deja en claro que la revocatoria del consentimiento no requiere justificación y debe ser respetada de forma inmediata por las empresas. Este derecho puede ser ejecutado en cualquier momento.
Para garantizar el cumplimiento de la Ley 32323, el Indecopi implementó herramientas con inteligencia artificial y análisis masivo de datos. En 2025, estas medidas permitieron iniciar procedimientos basados en el estudio de más de siete millones de registros de audio provenientes de sectores como telecomunicaciones, banca y seguros.
Adicionalmente, el Poder Ejecutivo tiene hasta el 9 de julio para establecer nuevas normas complementarias que fortalezcan la supervisión de la numeración telefónica y de los sistemas de identificación de llamadas, sin que ello condicione la aplicación actual de la ley por parte de los proveedores.
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