
Aunque la Ley N.º 32322 ya ha sido promulgada y autoriza el retiro total de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta diciembre de 2026, los trabajadores formales en Perú aún no pueden acceder de inmediato a sus fondos. Esto se debe a que el reglamento que regula la norma todavía no ha sido emitido por el Poder Ejecutivo, paso necesario para su aplicación.
El reglamento debe ser publicado dentro de los 30 días siguientes a la promulgación de la ley, plazo que vence el 8 de junio de 2025. Sin este documento, las entidades financieras no están oficialmente habilitadas para permitir el retiro, aunque algunas ya han comenzado a liberar el acceso a estas cuentas por decisión propia, en previsión del cambio normativo.
La ley autoriza el retiro total de los fondos CTS, pero su ejecución práctica depende de la publicación de un reglamento que establezca los procedimientos específicos. Este instrumento legal es necesario para que los bancos y demás entidades financieras puedan procesar adecuadamente los retiros.
En tanto no se publique este reglamento, la mayoría de entidades mantendrán restringido el acceso total, aunque algunas instituciones han decidido anticiparse y liberar las cuentas CTS para retiro, de forma voluntaria, permitiendo a ciertos clientes disponer de sus fondos sin esperar el documento oficial.
De acuerdo con la Ley N.º 32322, todos los trabajadores comprendidos en el régimen del Decreto Legislativo 650 podrán retirar el 100% del saldo acumulado en sus cuentas CTS hasta el 31 de diciembre de 2026. Esta medida busca aliviar las cargas económicas de los ciudadanos en el contexto de alza de precios y dificultades financieras.
Además, la norma dispone el retiro permanente del total del fondo CTS para aquellos trabajadores diagnosticados con enfermedades terminales o cáncer. En estos casos, será necesario presentar documentación médica ante el empleador para coordinar el retiro con la entidad financiera correspondiente.
El acceso general al 100% de la CTS será posible tras la publicación del reglamento por parte del Poder Ejecutivo. Si se cumple el plazo previsto, este debería publicarse hasta el 8 de junio de 2025. A partir de esa fecha, todas las entidades financieras podrán autorizar el retiro conforme a los lineamientos establecidos.
Mientras tanto, se recomienda a los trabajadores mantenerse atentos a las actualizaciones oficiales y verificar directamente con sus bancos si ya han habilitado la opción de retiro anticipado.
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