Uno de los aspectos más relevantes cuando empezamos la vida laboral es decidir la entidad que administrará nuestras pensiones. Los trabajadores que ingresan a un nuevo lugar de trabajo y no se encuentran afiliados a algún sistema previsional tienen la opción de afiliarse tanto al Sistema Privado de Pensiones (SPP), a través de alguna de las cuatro AFP (Habitat, Integra, Prima, Profuturo) que existen en el país, o al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), administrado por la ONP.
No obstante, algunos desconocen cómo se realiza este procedimiento y cuáles son las obligaciones de un empleador sobre el tema al momento de contratar a un nuevo empleado. Además, surge la duda sobre qué sucede si no se escoge alguna de las opciones dadas.
En primer lugar, los trabajadores que ingresan a un nuevo centro laboral deben indicarle a su empleador el sistema previsional al que pertenecen, si al privado o al público. Si se es parte del SPP, se debe informar a qué AFP se está afiliado.
En el caso de que la persona aún no se encuentre inscrita en ninguno de estos, debe escoger la opción que prefiera (AFP u ONP) y comunicársela a su empleador.
“Cuando un trabajador firma un contrato formal, tiene un periodo de 10 días para elegir si quiere pertenecer a la AFP; es decir, ahorrar en una cuenta individual en el Sistema Privado de Pensiones o elegir estar en la ONP, que es el SNP”, explicó Noelia Bernal, profesora de Economía de la Universidad del Pacífico.
En esa línea, según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), los empleadores están en la responsabilidad de seguir los siguientes pasos si contratan a un trabajador que aún no está afiliado a ninguno de los sistemas de previsionales:
PUEDES VER: Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias: ¿quiénes recibirán el subsidio de S/ 500?
No obstante, también existen casos en los que la persona está insegura y no sabe cuál es la mejor opción, por lo que no informa a qué sistema desea pertenecer. En estas circunstancias, el empleado no se queda sin afiliación, sino que es inscrito en el Sistema Privado de Pensiones, es decir, en una AFP.
“Si es que el trabajador no manifiesta una elección, la regulación prevé que sean inscritos en una AFP (Sistema Privado de Pensiones). Eso es lo que se llama en economía ‘la opción por defecto’ (default option), porque la regulación tiene que prever que el trabajador ahorre en algún lado“, precisó Bernal.
En esa línea, el portal de la SBS indica que el empleado que no manifestó su elección automáticamente quedará registrado en la AFP ganadora de la licitación; es decir, la que ofrece la menor comisión por administración de tus fondos.Actualmente, AFP Integra es la administradora que por default se encarga de los fondos de todos los nuevos trabajadores que se afilien a una AFP.
Para explicar los motivos de esta regulación, la economista señaló que antes se creía que las cuentas individuales (AFP) eran un mecanismo superior al sistema de repartos (SNP).
“Hoy en día, ya no se cree tanto eso; no porque las AFP no sean buenas, sino porque ahora se conocen muchas más cosas —que hace 20 o 30 años— sobre el Sistema de Pensiones Privado (SPP); como que el nivel de comisiones sigue siendo sumamente alto, que hay periodos de crisis financiera que afectan enormemente los ahorros, que las personas no ahorran el 100% de las veces. No se puede decir simplemente que el sistema privado es mejor que el sistema de repartos (público): hay ventajas y desventajas en cada una de estas instituciones (AFP y ONP)”, resaltó Noelia Bernal.