El Ejecutivo, con firma del presidente Pedro Castillo y del premier Aníbal Torres, presentó la cuarta reforma constitucional impulsada por este Gobierno, la misma que busca prohibir los monopolios, oligopolios, acaparamientos, especulación o concertación de precios, así como el abuso de posiciones dominantes en el mercado. El objetivo: fortalecer el accionar del Estado frente a la libre competencia,
En caso de incumplimiento de dicha prohibición, se establecerán sanciones correspondientes en los ámbitos civil, administrativo y penal para las personas naturales o jurídicas que la incumplan.
En ese sentido se destaca que la lógica de establecer estas nuevas prohibiciones directamente desde la Constitución y la modificación del artículo 61, “responde a la necesidad de garantizar que el Estado combata frontalmente dichos fenómenos que son los que impiden el normal y real desenvolvimiento de una libre competencia bajo los parámetros del modelo económico que la propia Constitución recoge”.
De acuerdo con la exposición de motivos, la necesidad de esta reforma constitucional surge de la evidente realidad según la cual el mercado, como tal, no puede regularse a sí mismo para evitar dichas situaciones de injusticia y “si se dejara que el mercado se cuidara a sí mismo acabaría en un caso en el cual las conductas anárquicas”.
El economista José Távara advierte “errores de formulación” que derivarán en que las cosas en el mercado peruano sigan como están. “El término ‘oligopolio’ es muy impreciso, no corresponde incluirlo en una norma de rango constitucional. La fórmula de prohibición es tan general y absurda que habría que ver qué hacer con muchos que hoy existen en la industria. Lo que se persigue es la colusión y abuso de posición dominante, que ya está en la legislación”, dice.
“Creo que la ley está mal enfocada y desencaminada; lo que se debería hacer es fortalecer Indecopi en línea con lo sugerido por OCDE”, sostiene Távara.
Santiago Dávila, socio del estudio EA Consultores, recuerda, además, que Perú es signatario de una serie de acuerdos internacionales de respeto a la propiedad intelectual en materia de patentes, un “derecho monopólico de explotación comercial” de inventos propios. En este sentido, coincide en que, si el Estado cree que ha fallado en su rol de fiscalización sobre la marcha, lo que debería buscar es reformar Indecopi.
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“La Constitución no prohíbe explícitamente los monopolios, como lo quiere hacer esta ley, porque hay un trasfondo conceptual y económico. Nos aleja peligrosamente de una economía de mercado y desalienta la innovación”, asegura Dávila.
En nuestro país, la entidad responsable de evitar abusos monopólicos del mercado es Indecopi, a través de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC). Pero las fusiones del sector financiero las ve la SBS.
La defensa de la libre competencia se rige bajo el DL 1034, Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, y la Ley 26876, Ley Antimonopolio y Antioligopolio del Sector Eléctrico, con competencia exclusiva.
Santiago Dávila, socio de EA Consultores
“Lo que hace falta es ser más enérgicos contra las empresas que incurren en abuso de su posición dominante, casos cuyas sanciones en nuestro país se pueden contar con los dedos por temor a represalias”.
José Távara, docente PUCP
“Los monopolios no son malos por sí mismos, sino el ejercicio del poder monopólico, que ya está reglamentado en el Perú y es castigado si lo utilizas para explotar al consumidor o excluir competidores”.