Luego de ocho meses de la posibilidad de retirar hasta el 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), este viernes 31 de diciembre vence el plazo para disponer de este fondo que respalda a los trabajadores formales.
Es preciso recordar que con la Ley 31171, aprobada por insistencia por el Congreso de la República en marzo pasado, se dispuso que 4 millones de trabajadores puedan acceder al total de sus fondos, medida que entró en vigencia desde el 5 de mayo tras la reglamentación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
No obstante, pasado este plazo de libre disposición; es decir, a partir del 1 de enero del 2022, los trabajadores podrán retirar solo el excedente de seis sueldos brutos, o en caso de renuncia, despido o jubilación.
Especialistas consultados por este diario coincidieron en que la primera recomendación es no retirar la CTS, ya que su principal función es ser un fondo de contingencia en caso de desempleo.
“En primer lugar, la CTS es algo como un seguro de desempleo, quien tiene CTS es porque está laborando. Y si bien es cierto la situación económica ha afectado a todos, la primera recomendación es no retirar. Y si lo retiran que sea para emergencias o gastos por cubrir con urgencia, si no, no amerita para consumo ni para compra de bienes”, señaló Arturo García, profesor de Finanzas de ESAN.
Por su parte, Jorge Luis Ojeda, docente de la facultad de Negocios EPE de la UPC, enfatizó que la CTS está depositada en cuentas especiales que tienen tasas más altas que otros en el sistema financiero. “Está muy por encima que un depósito a plazo fijo. Sacar el dinero de una cuenta que te están pagando 6%, por ejemplo, para pasarla a una cuenta que te van a pagar 2% a 3% no es un buen negocio que digamos”, apuntó.
No obstante, si el trabajador ya está decidido en retirar este dinero, los especialistas brindaron alternativas de inversión para darles un mejor rendimiento a sus ahorros.
García señaló que una opción es invertir en fondos mutuos, en los que se podría empezar en un fondo conservador o moderado. Explicó que a mayor plazo, hay mayor rendimiento, por lo que recomendó invertir en por lo menos entre 1 y 3 años. “Los rendimientos son variables, depende del tipo de fondo, uno conservador puede dar de 4% a 5% anual, y un fondo de mayor rendimiento puede incluso rendir hasta 10%”, acotó.
Sobre alternativas en el sistema financiero, recordó que si bien el tipo de cuenta CTS da mayor rentabilidad, si el usuario quiere trasladar sus ahorros a otro tipo de cuenta, una buena elección es depositarlo en las microfinancieras, que tienen tasas más altas que los bancos.
PUEDES VER: ¿Cómo optimizar el retiro de la CTS?
En tanto, Ojeda señaló que otra opción es recurrir a los fondos sin fines previsionales de las AFP, cuyos rendimientos anuales generalmente están entre 7% y 8%, aunque dependerá del tipo de fondo. En estos ahorros se pueden hacer hasta 2 o 3 retiros al año.
El trabajador puede acercarse a la entidad financiera en la que tiene su cuenta CTS, ya sea banco o alguna microfinanciera, para solicitar el retiro total o parcial de sus ahorros, incluidos los intereses generados hasta la fecha.
También puede recurrir al canal digital. En esta opción, el usuario solicita a la entidad financiera para que efectúe el desembolso, mediante transferencia, a la cuenta que el trabajador indique. Este debe concretarse en un plazo máximo de dos días hábiles.
O en algunos bancos está habilitada la opción de transferencia inmediata desde la cuenta CTS hacia otra cuenta del trabajador en el mismo banco. Esto se puede realizar desde los aplicativos móviles de las entidades financieras.
Foto: Andina.
Fintech. Sobre la posibilidad de invertir en fintech, los especialistas sugirieron ser cautelosos, ya que estas plataformas digitales aún no están reguladas por la SBS, y tampoco tienen fondo de seguro de depósitos como los bancos y microfinancieras. No obstante, indicaron que sí es una opción para créditos.