En el Perú, el impuesto a la renta (IR) se aplica a todas las ganancias que se obtengan de un trabajo o de la explotación de un capital, ya sea de un bienes inmueble (casas, departamentos y terrenos) o muebles (vehículos, maquinarias, artefactos). Este tributo se paga a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) una vez al año. Entérate a continuación cuáles son sus categorías y cómo calcular el monto a pagar.
El impuesto a la renta es un tributo que se paga por los ingresos percibidos anualmente; es decir, tiene vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre.
Estos ingresos pueden ser provenientes de:
El impuesto a renta está dividido en cinco categorías que determinan quiénes, qué tipos de ingresos y los niveles de imposición tributaria que se aplicarán a cada caso.
Todas las persona naturales (trabajadores dependientes e independientes) y jurídicas (comercios, empresas, otros) deben declarar y pagar el impuesto a la renta.
La renta de primera categoría es un impuesto que se aplica a las persona naturales que, durante el año, tuvieron ingresos provenientes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles (casas, departamentos y terrenos) o muebles (vehículos, maquinarias, artefactos), cualquiera sea su monto.
Este impuesto equivale al 5% del monto de alquiler y se debe pagar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Para realizar el trámite necesitas RUC y clave SOL.
Para saber cuanto debes pagar por el impuesto a la renta de primera categoría a la Sunat, debes seguir estos tres sencillos pasos:
Debes identificar el monto de alquiler. Por ejemplo, si estás arrendando una casa o departamento por S/ 1.000 soles (incluyendo agua y luz), entonces sobre este monto calcularás el impuesto.
Sobre el monto identificado aplica el impuesto de 5%. Ejemplo: 1.000 x 5% = S/ 50.00 de impuesto mensual
El impuesto que te corresponde pagar mensualmente sería de S/ 50, 00
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En diciembre deberás comparar el impuesto pagado durante el año con el impuesto que se origine a partir del 6% del valor de autoevalúo (valor que tiene tu inmueble según la municipalidad distrital, la cual te informa en febrero de todos los años).
Por ejemplo, si el departamento que alquilas tiene un autoevaluó de S/ 120.000, a ese monto debes calcularle el 6% que equivaldría a S/ 7.200. Sobre esta cifra, aplicas el 5% del impuesto a la renta, lo que daría un total de S/ 360,00. Este sería el monto mínimo que se debes haber pagado por el impuesto a la renta de primera categoría durante el año.
Ahora realizas la comparación. Si pagaste mensualmente S/ 50,00, en un año tributaste S/ 600,00. Entonces, aportaste más del monto mínimo que es S/ 360,00, por lo cual no hay obligación de presentar declaración jurada anual. Si el monto pagado fuera menor al valor de autoevalúo, deberás presentar dicha declaración y pagar la diferencia resultante.
El impuesto a la renta de segunda categoría es un impuesto que se aplica a las personas naturales que efectúan una venta de inmuebles, acciones o valores mobiliarios, intereses por colocación de capitales, regalías, patentes, rentas vitalicias, derechos de llave y otros.
Si el inmueble vendido se encuentra en alguno de los siguientes casos, no estás obligado a pagar dicho impuesto:
Para realizar el trámite necesitas RUC y clave SOL.
Para saber cuanto debes pagar por el impuesto a la renta de segunda categoría a la SUNAT, debes seguir estos tres sencillos pasos:
Para actualizar el costo de adquisición o construcción del inmueble que estas vendiendo, debes aplicarle el Índice de Corrección Monetaria - ICM del mes.
Por ejemplo, si el 25 de mayo del 2020 vendiste un inmueble a S/ 180.000 y el valor de adquisición de dicho inmueble fue por S/ 120.000 en octubre del 2017, entonces, debes aplicarle un 1,17 al valor de adquicisión, según el ICM.
Así: S/ 120.000 x 1,17 = S/ 140.400 el costo de adquisición actualizado.
Seguidamente, deberás restar al precio de venta del inmueble el costo del inmueble actualizado con el ICM para obtener como resultado la renta neta producto de la venta.
Precio de venta: S/ 180.000 - costo de adquisición actualizado: S/ 140.400 = S/ 39.600 es la renta neta.
A la renta neta obtenida le aplicas el 5% del impuesto a la renta de segunda categoría. Esto dará como resultado el impuesto a pagar. Ejemplo: S/ 39.600 x 5% = S/ 1.980.
El impuesto a pagar será de S/ 1.980, el cual deberá ser declarado y pagado en el mes siguiente de recibido el pago por la venta del inmueble, según lo estipulado por la Sunat en su cronograma de vencimientos mensuales.
El impuesto a la renta de tercera categoría es un impuesto aplicado a aquellas personas naturales y jurídicas que desarrollan y obtienen una renta a través de actividades empresariales. Generalmente, estas rentas se producen por la participación conjunta de la inversión del capital y el trabajo.
Son consideradas rentas de tercera categoría las derivadas del comercio, la industria o minería, de la explotación agropecuaria, forestal, pesquera o de otros recursos naturales. En general, de cualquier actividad que constituya negocio habitual de compra o producción y venta, permuta o disposición de bienes.
Cronograma Foto: Sunat
El impuesto a la renta de cuarta categoría es un impuesto que se aplica a los servicios prestados de manera independiente de cualquier profesión, ciencia, arte u oficio.
Asimismo, se encuentran en esta categoría los ingresos de los trabajadores del Estado con contrato CAS, directores, consejeros regionales y regidores municipales, así como mandatarios.
Para saber cuanto debes pagar por el impuesto a la renta de cuarta categoría a la SUNAT, debes seguir estos tres sencillos pasos:
Por ejemplo, si este año obtuviste S/ 45.000 de ingresos durante todo el año 2020, debes descontar el 20%; es decir, S/ 9.000, lo que te daría un total de S/ 36.000.
Al resultado anterior resta el valor de 7 UIT (S/ 30.800): S/ 36.000 - S/ 30.800 = S/ 5.200.
Rango o tramo de ingresos: tasa a aplicar.
Valor de UIT 2021: S/ 4.400.
Como el monto base sobre el que se calcula el impuesto se encuentra dentro del primer tramo (S/ 5.200), al ser menor a 5 UIT (S/ 22.000), debes aplicar la tasa del 8%; es decir, 5.200 x 8% = S/ 416.00. Ese sería el monto que debes pagar a la SUNAT anualmente.
El impuesto a la renta de quinta categoría se aplica a los ingresos obtenidos por el trabajo personal prestado en relación de dependencia (planilla) o cargos públicos; es decir, están afectados por este impuesto todos los trabajadores dependientes que laboren para una empresa.
Se toma en cuenta los sueldos, salarios, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos, comisiones, compensaciones en dinero o en especie, gastos de representación y, en general, toda retribución por servicios personales.
Por regla general, si eres generador de rentas de quinta categoría, no debes presentar declaración jurada anual, salvo que tengas paralelamente rentas de cuarta categoría. En ese caso, sí debes presentar una declaración jurada anual por la totalidad de tus ingresos.
Los trabajadores cuya remuneración bruta anual no superen las siete Unidades Impositivas Tributarias (UIT) no deberán pagar el impuesto a la renta de quinta categoría.
Para calcular el impuesto de quinta categoría, el empleador debe proyectar los ingresos gravados que percibirá el empleado durante todo el año, verificar si supera las 7 UIT y, a partir de eso, calcular el impuesto anual proyectado y el monto mensual de retención.
Si eres contribuyente de cuarta o quinta categoría, es decir, emites recibos por honorarios o estas en planilla, existen dos tipos de devoluciones en caso tuvieras un saldo a favor, producto de retenciones en exceso o gastos deducibles. Estas son: devolución de oficio o devolución a pedido de parte.
Es una categoría de ingresos por los que la Sunat debe cobrarte un impuesto de ley y que abarca el dinero que proviene de una fuente ubicada fuera del territorio nacional. No se categorizan y se consideran para efectos del Impuesto, siempre que se hayan percibido.
Se puede considerar como renta de fuente extranjera: