La falta de una mayor regulación y el mayor costo que asumen las empresas impiden que se aplique en el país de manera más significativa el teletrabajo. Así lo afirmó Michele Durand, laboralista del estudio Rebaza, Alcázar y de De las Casas, durante el programa RTV Economía de La República.
Cabe indicar que la Ley 30036, regula el teletrabajo, una modalidad especial de prestación de servicios caracterizada por el uso de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC) sin la presencia física del trabajador en el centro de labores con la que mantiene vínculo laboral.
El teletrabajo es una de las medidas propuestas por la ministra de Trabajo, Sylvia Cáceres, quien consideró que se deben fijar las condiciones entre empleadores y trabajadores, para hacer frente el avance del Covid-19 coronavirus, que en el Perú ya son 22 los casos confirmados.
Al respecto, la abogada indicó que tanto empleador como trabajador pueden pactar la modalidad del teletrabajo. Sin embargo, dijo que ello implicará un costo que será asumido por las empresas.
“Es una alternativa que los empleadores pueden adoptar para el control en la propagación del virus, sin embargo, la actual legislación establece que el teletrabajo tiene que ser acordado por escrito con el trabajador y estar sujeto a una jornada”, indicó Durand.
Además, dijo que el empleador tiene que capacitar al trabajador en los medios que va a utilizar para realizar la labor remota y definir si es el empleador es quien le proporcione los instrumentos de trabajo; es decir, la laptop, la conexión de internet, los sistemas informáticos, o si es que el trabajador será quien asuma esos costos. En el último caso, dijo que se tendría que definir una compensación.
Preguntada si ello implicará mayor gasto para las empresas, dijo que sí y que esta modalidad terminará siendo “un poco costosa y restrictiva por las formalidades que deben observarse para que pueda ser aplicada”. Sin embargo, resaltó que sería efectiva para hacer frente a la propagación del coronavirus.
En otro momento, precisó que el Teletrabajo no sería posible en aquellas empresas donde se requiere la presencia física del trabajador como donde se realiza la manipulación de maquinarias, pero sí en medios de comunicación, estudios de abogados, quienes realizan labores contables, administrativas, entre otras.
Michele Durand, laboralista del Estudio Alcázar, Rebaza y De las Casas en RTV Economía, conducido por Rumi Cevallos. Foto: Captura.
Cuarentena o aislamiento por coronavirus y vacaciones
Sobre lo señalado por la ministra Sylvia Cáceres, respecto al uso de las vacaciones o el adelanto de las mismas en situaciones donde los trabajadores requieren cuarentena o aislamiento por coronavirus, dijo que ello requerirá del acuerdo con el empleador y de no haber podría aplicarse una licencia con goce compensable, como cuando se utilizan los feriados puentes y los servidores tienen que devolver los días utilizados en el descanso. De no haber acuerdo, indicó que la decisión la toma finalmente el empleador.
Preguntada si con ello se vulneran los derechos de los trabajadores a gozar de sus vacaciones para un descanso, viajar o para sus asuntos personales y no para usarla en caso de cuarentena o aislamiento por coronavirus, dijo que “se trata de una medida excepcional dada la coyuntura actual. Es una modalidad que debería ser considerada para poder aplicarse y de no utilizar las vacaciones para no perderlas, aplicaría la licencia con goce compensable.
Michele Durand, laboralista del Estudio Alcázar, Rebaza y De las Casas en RTV Economía, conducido por Rumi Cevallos. Foto: Captura.
- Por tratarse de la emergencia, creo yo que no tiene por qué vulnerarse los derechos de los trabajadores ¿Qué opina?
- Es correcto, pero también parte de la voluntad de todos de sumarse con un ánimo colaborativo a poder coadyuvar en la contención de la propagación del coronavirus, señaló Michele Durand al conductor de RTV Economía, Rumi Cevallos.
En otro momento explicó que cuando y hay diagnóstico se aplicará una licencia por enfermedad donde el empleador tanto de empresas grandes como pequeñas, asume los primeros 20 días y luego se activa el subsidio para los días restantes hasta que concluya la enfermedad. “El empleador asume los 20 primeros días y desde el día 21 se activa el seguro que es reembolsable por EsSalud”, precisó.
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