Serums 2026: cambian reglas de ingreso y eliminan bonificaciones para personas con discapacidad y exmilitares
Los cambios en el Serums precisan requisitos y el sistema de evaluación, con un 70% del puntaje basado en la Evaluación para el servicio rural. Se enfatiza que el promedio ponderado incluirá todas las notas de la carrera, incluido el internado.
- ¡Alerta! Senasa declara emergencia sanitaria en todo el país por influenza aviar en aves de corral y dispone prohibiciones
- UNI lanza más de 80 cursos virtuales gratuitos de inteligencia artificial, programación y ciberseguridad

El Ministerio de Salud (Minsa) modificó el Reglamento de la Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud (Serums) e introdujo cambios en el proceso de ingreso para los profesionales de la salud. La nueva norma elimina las bonificaciones para personas con discapacidad y licenciados de las Fuerzas Armadas, además de precisar el sistema de evaluación, los requisitos para postular y las reglas de adjudicación de plazas.
La medida fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.º 617-2026/MINSA, que modifica los artículos 25 y 26 del Reglamento de la Ley N.º 23330. Según el sector Salud, el objetivo es adecuar el reglamento al criterio emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) respecto a la aplicación de bonificaciones en el proceso de incorporación al Serums.
TE RECOMENDAMOS
KEIKO BLINDA EL BCR, JUNTOS POR EL PERÚ RECONOCE SU VICTORIA Y ANUNCIAN PROTESTAS | ARDE TROYA
Fin de las bonificaciones
Uno de los principales cambios establece que las bonificaciones previstas en la Ley General de la Persona con Discapacidad y en la Ley del Servicio Militar ya no serán aplicables durante el proceso de adjudicación de plazas del Serums.
La modificación responde al Informe Técnico N.º 000912-2026-SERVIR-GPGSC, en el que Servir concluye que dichos beneficios corresponden a concursos públicos para acceder a un puesto de trabajo en el Estado. En cambio, el Serums constituye un programa de servicio obligatorio y su incorporación no genera un vínculo laboral con la administración pública.
En ese sentido, el Ministerio de Salud adecuó el reglamento para que el orden de mérito de los postulantes ya no considere las bonificaciones otorgadas anteriormente a personas con discapacidad y licenciados de las Fuerzas Armadas.
La modificación se publica semanas después de los cuestionamientos al proceso Serums 2026-I. La República reveló la denuncia del Colegio Médico del Perú sobre un incremento inusual de postulantes que accedieron a la bonificación del 15% por discapacidad. El gremio informó que 409 profesionales de la salud declararon esa condición para obtener el beneficio, entre ellos 155 médicos cirujanos, frente a los 31 registrados en el proceso 2025-I.
El vocero del Colegio Médico, William Guzmán, advirtió a este diario que algunos postulantes llegaron a escalar hasta 500 puestos en el orden de mérito gracias a la bonificación, lo que les permitió acceder a mejores plazas. Tras las denuncias, el Ministerio de Salud anunció una auditoría a los certificados presentados y posibles acciones administrativas, civiles y penales si detectaba irregularidades. No obstante, la resolución publicada este martes sustenta la eliminación del beneficio en el criterio técnico de Servir, que concluyó que estas bonificaciones no corresponden al proceso Serums porque no implica el acceso a un puesto de trabajo en el Estado.
Cómo se calculará el puntaje
La norma también incorpora de manera expresa la fórmula para determinar el orden de mérito durante la adjudicación de plazas.
A partir de ahora, el 70% del puntaje final corresponderá a la nota obtenida en la Evaluación para el Serums, mientras que el 30% restante estará compuesto por el promedio ponderado promocional de la carrera, incluida la nota del internado cuando corresponda.
Asimismo, el reglamento establece que el puntaje final será calculado hasta con cuatro decimales y que, en caso de empate, este se resolverá de acuerdo con los criterios establecidos en el instructivo de cada proceso.
Requisitos y adjudicación
La modificación también precisa los requisitos que deberán cumplir los profesionales al momento de inscribirse. Entre ellos figuran contar con el título profesional registrado ante la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), tener colegiatura emitida por el colegio profesional correspondiente, haber rendido la Evaluación para el Serums y presentar el documento oficial que acredite el promedio ponderado promocional emitido por la universidad.
El reglamento añade que el promedio deberá considerar todas las notas obtenidas durante la carrera, incluido el internado cuando corresponda. En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, los postulantes deberán presentar el documento que acredite dicho promedio con la Apostilla de La Haya cuando resulte aplicable.
Además, el Minsa advierte que quienes no cumplan con estos requisitos serán declarados 'No aptos', por lo que quedarán excluidos del proceso de adjudicación.
La norma mantiene que el proceso de adjudicación de plazas se realizará dos veces al año, aunque faculta al Ministerio de Salud a convocar procesos extraordinarios cuando existan razones debidamente justificadas. También establece que, para acceder a una plaza ofertada por las sanidades de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional del Perú, el postulante deberá ser peruano de nacimiento o contar con nacionalidad peruana.

























