
MTC regulará bloqueadores de señales en prisiones y centros juveniles
Gobierno aprueba reglamento para restringir comunicaciones en reclusorios. Además, la norma establece obligaciones y sanciones para las operadoras, a fin de limitar señales radioeléctricas en cárceles, sin afectar a la población. Esperan frenar extorsiones, sicariato, secuestros y fraudes desde los penales.
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El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó el reglamento del Decreto Legislativo N° 1688 que tiene como finalidad implementar un nuevo sistema para bloquear señales de teléfono que provengan de recintos penitenciarios y centros juveniles. Se espera que durante 2025, esta medida sea utilizada en un total de 68 cárceles en todo el país.
Si bien en la mayoría de los reclusorios los protocolos de visitas y entrega de implementos a personas privadas de libertad son estrictos, aún así los teléfonos son ingresados de manera ilegal a las cárceles. De hecho, en recientes operativos de inspección antes de aprobarse el reglamento, fueron incautados teléfonos, chips, antenas y otros accesorios de telefonía e Internet.
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Perú ha tenido un historial de intentos fallidos en usar tecnologías que inhiben frecuencias en las cárceles, pero ninguna se ha mantenido en el tiempo. Por ello, implementar esta nueva técnica de bloqueo de señales era más que necesario.
Las medidas para bloquear la señal de la telefonía móvil en los centros penitenciarios, tienen por objeto evitar no solo las llamadas que tienen como fin cometer delitos de estafa, sino también combatir la planeación de crímenes como extorsión, sicariato y secuestros desde las cárceles y combatir el tráfico de teléfonos celulares.

En recientes operativos de inspección antes de aprobarse el reglamento, fueron incautados teléfonos, chips, antenas y otros accesorios de telefonía e Internet.
Obligaciones y sanciones
El reglamento establece un conjunto de obligaciones técnicas y sanciones administrativas para las empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones, con el fin de prevenir y controlar el uso indebido de estos servicios por parte de reclusos.
El Decreto Supremo dispone que las operadoras deberán restringir la emisión de señales radioeléctricas en las zonas donde se ubican los centros de reclusión, sin afectar el acceso a los servicios de telecomunicaciones de la ciudadanía que reside en zonas aledañas.
Al respecto, señala el MTC, se priorizará la coordinación entre las operadoras y las entidades que gestionan los sistemas de restricción de señales, a fin de definir los parámetros técnicos que ambas partes deben cumplir. En caso de desacuerdo, se aplicarán los criterios establecidos en el Protocolo Técnico correspondiente.
Asimismo, las operadoras deberán implementar mecanismos de monitoreo permanente de sus redes, así como el uso de herramientas de geolocalización o ‘crowdsourcing’, que permitan identificar accesos o intentos de conexión desde el interior de los establecimientos penitenciarios y centros juveniles.
Corte de servicio y operaciones
El reglamento también contempla medidas como el corte del servicio público de telecomunicaciones y/o el bloqueo de los equipos terminales móviles o inalámbricos fijos utilizados de forma indebida.
Los criterios técnicos para aplicar estas medidas serán definidos por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones. La supervisión del cumplimiento del reglamento y la aplicación de las sanciones correspondientes a las operadoras estará a cargo del MTC y de OSIPTEL.
Además, se han tipificado nuevas infracciones específicas para el inicio de procedimientos sancionadores. Con esta normativa, el Gobierno busca reducir delitos graves como la extorsión, el sicariato, el secuestro y el fraude, muchos de los cuales son organizados desde centros de reclusión mediante el uso ilegal de redes móviles.
DATO
Puedes acceder al documento completo en: https://www.gob.pe/institucion/mtc/normas-legales/6728892-008-2025-mtc.