Perú tiene las peores cifras de secuestros de los últimos 9 años

En los últimos nueve años los 34 distritos fiscales registraron 24.918 denuncias por ese delito en sus distintas modalidades. Lima, Junín, la Libertad, Arequipa, Cajamarca, Callao, Lambayeque Cusco son las regiones con más casos según el Ministerio Público

Ciudadanos critican el accionar del Mininter. Foto: difusión
Ciudadanos critican el accionar del Mininter. Foto: difusión

Pese a las múltiples medidas de los gobernantes por reducir los índices de criminalidad, los peruanos han sufrido el aumento exponencial de algunos delitos como el secuestro en sus distintas modalidades, según los últimos reportes del Ministerio Público. Un informe de esa entidad evidencia las cifras de secuestrados entre el 2016 y el 2024.

Según las autoridades, en este periodo fueron denunciados 24.918 casos de secuestro a nivel nacional en cada uno de los 34 distritos fiscales.

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Así se registraron en Amazonas 166 secuestros, Áncash 234, Apurímac 88, Arequipa 450, Ayacucho 242, Cajamarca 360, Callao 292, Cañete 62, Cusco 292, Huancavelica 22, Huánuco 86, Huaura 280, Ica 154, Junín 842, La Libertad 786, Lambayeque 478, Lima 334, Lima Este 772, Lima Noroeste 138, Lima Norte 640 y Lima Sur 346,

También en Loreto 112, Madre de Dios 68, Moquegua 88, Pasco 52, Piura 180, Puno 142, San Martín 114, Santa 194, Selva Central 152, Sullana 78, Tacna 130, Tumbes 24 y Ucayali 198.

El delito de secuestro en Perú se configura cuando una persona priva de su libertad a otra sin justificación. Las modalidades son circunstancias que califican la conducta del sujeto activo y que determinan la pena.

Las modalidades son: rapto, secuestro simple, secuestro exprés, autosecuestro, secuestro de bienes, secuestro de aviones.

De acuerdo al artículo 152 del código penal será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 20 ni mayor de 30 años el que sin derecho, motivo, ni facultad justificada, priva a otro de su libertad personal, cualquiera sea el móvil, el propósito, la modalidad o circunstancia o tiempo que el agraviado sufra la privación o restricción.

Sin embargo, la pena puede llegar a cadena perpetua cuando el agraviado es menor de edad o mayor de 70 años, si el agraviado sufre discapacidad y el agente se aprovecha de esa circunstancia, o si se causa lesiones graves o muerte al agraviado durante el secuestro o como con secuencia de dicho acto.

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