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Sociedad

Rutas de Lima mantendra peajes luego de que Tribunal Constitucional rechazara demanda que buscaba eliminar gacetas

Demanda improcedente. ciudadano peruano realizó una demanda contra Rutas de Lima por los peajes de Javier Prado, Pucusana, Habich y Ancón. 

Peajes de Rutas de Lima seguirán funcionando. Foto: composición LR/difusión.
Peajes de Rutas de Lima seguirán funcionando. Foto: composición LR/difusión.

Rutas de Lima no retirará sus peajes. El día 12 de agosto del 2024, el Tribunal Constitucional (TC), a través de una resolución, declaró improcedente la demanda de amparo contra Rutas de Lima y otras empresas que el ciudadano Armando Infante Ruiz presentó el día 11 de octubre del 2016, es decir, hace 8 años.

La argumentación fundamental del ciudadano Armando Ruiz fue de que sus "derechos constitucionales consistentes en combatir el abuso de posiciones dominantes y monopólicas que atentan la economía de usuarios (…)”, puntualiza Infante.

Peaje en Puente Piedra. Foto: difusión.

Peaje en Puente Piedra. Foto: difusión.

Además, hasta el momento, la Municipalidad de Lima (MML) no se ha puesto de acuerdo con Rutas de Lima para que puedan resolver la resolución emitida por el TC respecto al peaje de Puente Piedra, que señala a la MML como la responsable de la construcción de una vía alterna. Hasta el momento, MML no ha realizado alguna obra.

Rutas de Lima: ¿qué solicitaba la demanda?

El ciudadano Armando Infantes buscaba que la ciudadanía se beneficie con un fallo a favor de la demanda con los siguientes puntos:

  • La nulidad del aumento tarifario de peajes ubicados en la autopista Ancón - Pucusana.
  • La desactivación de los peajes ubicados en los tramos de autopista Trébol de Javier Prado hasta Pucusana y de Habich hasta Ancón.
  • Disponer que los ingresos por peaje de las Casetas peaje Ancón y peaje Pucusana sean destinados única y exclusivamente al mantenimiento de la autopista Ancón Pucusana.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional falló en rechazo de la demanda, teniendo como argumentación que dicha acusación no se basa en hechos referidos a la constitución, sino a que se basó en la opinión del mismo autor.

"La demanda no contiene hechos referidos en forma directa a la afectación de un derecho constitucional, sino que se trata de opiniones o presunciones del demandante sobre el cumplimiento o la ejecución de un contrato de concesión, todo lo cual resulta ajeno a la finalidad de tutela de derechos constitucionales que tiene el proceso de amparo”.

Gacetas de Rutas de Lima. Foto: difusión.

Gacetas de Rutas de Lima. Foto: difusión.

Con 6 votos a favor, el Tribunal Constitucional resolvió que la demanda es improcedente, y exhorta al Poder Judicial y al Ministerio Público a que resuelvan la mayor urgencia los contratos de las adendas y concesiones contra exfuncionarios públicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

El burgomaestre Rafael López Aliaga, en su momento, apoyó públicamente la demanda, solicitando enfáticamente al Tribunal Constitucional resolver el caso a favor del ciudadano demandante.

Peaje de Puente Piedra aún no tiene solución

El 8 de marzo de este 2024, el Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda de habeas corpus contra Rutas de Lima, ordenando su suspensión del cobro de peaje en las gacetas ubicadas en Chillón, hasta adoptarse medidas que cesen el acto lesivo señalado o hasta que la justicia penal determine la sentencia.

Pasado el tiempo de esta victoria por parte de los demandantes, el 30 de mayo de este mismo año, el Tribunal Consitucional, emitió un documento que precisa las obligaciones de la MML y de Rutas de Lima respecto a la vulneración al derecho al libre tránsito de los ciudadanos que residen en Puente Piedra,.

En tal documento, se detala que la MML tiene la obligación de construir una ruta alterna en el tramo de la Panamericana Norte, concecionada con Rutas de Lima. Hasta la fecha, la MML no ha ejecutado en la construcción de dicha vía alterna.