Sociedad

Ley aprueba nombramiento extraordinario de docentes en institutos: conoce los requisitos y plazos para postular

El Congreso promulgó una nueva normativa para el nombramiento extraordinario de docentes en institutos con el objetivo de fortalecer la carrera pública docente y brindar estabilidad laboral a los educadores.

El Ministerio de Educación financiará la nueva medida del Congreso. Foto: Andina
El Ministerio de Educación financiará la nueva medida del Congreso. Foto: Andina

El Congreso de la República ha promulgado una nueva normativa que dispone el nombramiento extraordinario de los docentes contratados en los institutos y escuelas de educación tecnológica, artística, de folklore, música y pedagógicos públicos a nivel nacional. Esta ley, publicada en el diario oficial El Peruano, busca "fortalecer la carrera pública docente", ofreciendo estabilidad laboral y reconocimiento a los educadores que contribuyen al desarrollo cultural y educativo del país.

Requisitos para acceder al nombramiento docente en institutos

La Ley N.º 32086 autoriza al Ministerio de Educación (Minedu) a nombrar docentes en las plazas orgánicas vacantes y a financiar esta medida. Además, el Minedu dispone de un plazo máximo de 45 días calendario para coordinar las acciones necesarias que aseguren su implementación. En los artículos 1 y 2 se detallan los siguientes requisitos:

  • Los docentes deben cumplir con los requisitos mínimos establecidos en el artículo 69 de la Ley N.º 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, para acceder a la primera categoría de la carrera pública del docente en los institutos de educación superior.
  • Los maestros deben haber tenido un contrato docente en la educación superior no universitaria durante un periodo de 50 meses continuos o interrumpidos, equivalente a 4 años y 2 meses.
  • Los docentes deben haber obtenido su plaza de contrato en institutos y escuelas de educación superior mediante concurso público de méritos.
  • El nombramiento de docentes en institutos y escuelas de educación superior solo aplica a aquellos con contrato vigente y "plaza orgánica presupuestada" al 31 de diciembre de 2023.
  • Los docentes nombrados ingresan a la primera categoría de la Carrera Pública del Docente, según lo estipulado en la Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior.
 Los docentes interesados deben tener un contrato en su institución durante un periodo continuo de 4 años y 2 meses. Foto: difusión

Los docentes interesados deben tener un contrato en su institución durante un periodo continuo de 4 años y 2 meses. Foto: difusión

Conoce la ley que pretende nombrar automáticamente a 200.000 docentes

El Gobierno de Dina Boluarte busca observar la ley aprobada por el Congreso que autoriza el nombramiento automático de aproximadamente 200.000 docentes, según informó el ministro de Educación, Morgan Quero. El funcionario señaló que se realizará una evaluación técnica de la ley recientemente aprobada y, si es necesario, se harán observaciones y se devolverá al Congreso. La ley, que obtuvo 80 votos a favor, 28 en contra y 6 abstenciones, favorece a los docentes con más de tres años de contrato en la educación básica regular, permitiéndoles obtener un nombramiento sin necesidad de pasar por el concurso público organizado por el Ministerio de Educación, que tradicionalmente evaluaba conocimientos y competencias pedagógicas.

La nueva norma, presentada por el congresista Pasión Dávila del Bloque Magisterial, también ha generado rechazo entre algunos parlamentarios, como Flor Pablo Medina, quien considera la medida populista y dañina para la calidad de la educación pública. Medina afirmó que la ley debilita los esfuerzos de reforma educativa y expresó su esperanza de que el Ministro de Educación adopte una postura firme al respecto.

¿Qué dice la ley 30220 sobre la promoción docente?

La Ley 30220 establece que la admisión y promoción en la carrera docente se realizan mediante concursos públicos de méritos, basándose en la calidad intelectual y académica del postulante según el Estatuto de cada universidad.

Requisitos:

  1. Profesor principal: Título profesional, grado de Doctor obtenido con estudios presenciales y haber sido nombrado previamente como profesor asociado. Excepcionalmente, pueden postular profesionales con más de quince años de experiencia en investigación y trayectoria académica.
  2. Profesor asociado: Título profesional, grado de Maestro y haber sido nombrado previamente como profesor auxiliar. Excepcionalmente, pueden postular profesionales con más de diez años de experiencia en investigación y trayectoria académica.
  3. Profesor auxiliar: Título profesional, grado de Maestro y al menos cinco años de ejercicio profesional.