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Poder Judicial: delincuentes flagrantes serán sentenciados en 72 horas

Medida será aplicada desde el 1 de julio en La Libertad y luego en Lima. Será para raqueteros y extorsionadores.

Impulsora. Será un proceso rápido, señala Elvia Barrios. Foto: difusión
Impulsora. Será un proceso rápido, señala Elvia Barrios. Foto: difusión

Decidir rápido, condenar pronto. Bajo esa premisa, los delincuentes detenidos en flagrancia serán procesados y sentenciados en un plazo máximo de 72 horas gracias a la implementación de la Unidad de Flagrancia (UDF) del Poder Judicial.

Esta dependencia empezará a funcionar a partir del 1 de julio en La Libertad y reunirá en un solo local a los miembros de la Policía Nacional, Ministerio Público, el Poder Judicial y la Defensa Pública.

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La medida aplicará básicamente para el delito contra el patrimonio, es decir desde raqueteros y arrebatadores, hasta asaltantes en banda, extorsionadores, sicarios, traficantes de terrenos y otras organizaciones criminales, según explica la presidenta del PJ y de la Corte Suprema, Elvia Barrios.

A través de una entrevista telefónica desde Corea, la magistrada explicó que esta unidad operará todos los días, de forma ininterrumpida, y permitirá brindar una respuesta inmediata del Estado a la delincuencia e inseguridad. El próximo reto será Lima, dijo Barrios.

“Además, ahorrará tiempo y descongestionará el sistema judicial”, indicó. De esta manera, los operadores de justicia darán un servicio coordinado e integral, procesando y sentenciando de manera oportuna y célere los casos de flagrancia, detalló.

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Acusación veloz

Actualmente, el tiempo de flagrancia en los delitos cometidos por redes criminales, la detención preliminar o la detención judicial puede durar 10 días.

En cambio, con esta nueva unidad el plazo de detención policial es de hasta 48 horas (ley Nº 30558). Tras la detención, se da cuenta al representante del Ministerio Público dentro de ese plazo. El fiscal deberá presentar el requerimiento de incoación inmediata ante el juez.

El juez, dentro de las 48 horas, citará a audiencia única en un proceso inmediato, inaplazable. El auto que resuelve el requerimiento se pronuncia en juicio y es impostergable. Sin embargo, es apelable con efecto devolutivo, en el mismo acto de audiencia de incoación.

Luego, el juez puede declarar procedente e improcedente, debiendo dar cuenta al fiscal dentro del plazo de 24 horas y procede a formular la acusación fiscal ante el juez.

Este juez, en el día, deberá remitir al juez penal unipersonal o colegiado todo lo actuado. Así, este último magistrado no debe exceder las 72 horas para instalar la audiencia única de juicio inmediato. A este acuerdo se arribó el lunes en la I Sesión del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (Conasec).

“Pronto se conocerán los golpes que daremos a la médula ósea del crimen organizado”, dijo el ministro del Interior, Dimitri Senmache.

Infografía - La República

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