Sociedad

Tenencia compartida: riesgos y posiciones a tener en cuenta tras la aprobación del proyecto de ley

Ambos padres deberán asumir por igual la educación, vestimenta, alimentación y otras necesidades del menor. La Defensoría del Pueblo y el Ministerio de la Mujer expresaron su rechazo, ya que consideran que los pequeños podrían estar expuestos a situaciones de violencia.

Tenencia compartida fue aprobada en el pleno. Foto: difusión
Tenencia compartida fue aprobada en el pleno. Foto: difusión

En el 2021, el Perú alcanzó el número de divorcios más alto en toda su historia: más de 7.386 de estos procesos se registraron en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp). Muchas parejas que se encuentran en dicha cifra tienen menores de edad a su cargo y deben llegar a un acuerdo sobre la situación del niño, niña, menor o adolescente. Respecto a esto, este jueves 7 de abril, el Congreso de la República aprobó el proyecto de ley sobre tenencia compartida para los padres que han decidido separarse.

No obstante, hay posiciones a favor y en contra de esta propuesta que incorpora de forma obligatoria la custodia del menor. Entonces, ¿qué implicaría tener una tenencia compartida?

Esta iniciativa propone que los padres de familia deben pasar el mismo periodo de tiempo con el menor. Asimismo, los progenitores tienen igualdad de derecho para tomar decisiones respecto a la educación, crianza, formación, protección del hijo y vacaciones del pequeño.

Pueden estar expuestos a situaciones de violencia

Podemos señalar que esta ley no estaría contemplando todas aquellas realidades donde mujeres, niños, niñas y adolescentes pueden estar expuestos a situaciones de violencia que no generan un beneficio para los menores. Hay que tener en cuenta que el Perú es un país que tiene una alta incidencia de violencia familiar y violencia de género, y la ley no está tomando en cuenta si hay padres agresores, incluso con denuncias previas.

“Si bien es cierto necesitamos primero conocer la situación de los papás, definitivamente si no se toman en cuenta todos los aspectos de las capacidades que tienen los padres de familia para solicitar esta tenencia, no sería viable. La mayoría de las separaciones de los padres es por violencia intrafamiliar, no es en todos los casos, pero sí hay cifras altas. Entonces, frente a este tipo de situaciones, tenemos que tomar en cuenta si tanto el papá como la mamá pueden ser modelos positivos para el bienestar de los menores”, dijo a La República la licenciada Angélica Paucar Peña, psicóloga clínica con formación en terapia familiar sistémica.

Hay que precisar que es muy necesaria una evaluación psicológica tanto en el aspecto socioemocional como en la dinámica familiar, ya que según indicó la psicoterapeuta eso es bastante importante y no solamente en los menores; si no también en los padres, ya que si se les va a otorgar este tipo de derecho, tienen que tener la capacidad de ejercerlo.

“Creo que se está asumiendo principalmente velar por el derecho de los padres, y tenemos que priorizar tanto el derecho como la integridad física y psicológica de los niños, niñas y adolescentes”, sostuvo la especialista.

Defensoría del Pueblo y Ministerio de la Mujer en contra del proyecto de ley

La Defensoría del Pueblo (DP) y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) expresaron su rechazo través de sus canales oficiales, donde indicaron que la aprobación del dictamen de los proyectos de ley 1096/2021-CR y 1120/2021-CR por parte del Congreso es una grave afectación al principio de interés superior de las niñas, niños y adolescentes.

El DP manifestó que esta no debe ser obligatoria, sino que se debe dar la opción de que un magistrado evalúe qué es lo mejor para el menor. Asimismo, para el MIMP es un error entender la tenencia como un derecho exclusivo de los padres y se debería evaluar la capacidad de cada uno para velar por los hijos tras una separación.

Asimismo, hay que comprender que se tiene que tener en cuenta que en muchos casos se abre la puerta a que los hijos se vean obligados a convivir con hombres condenados por violencia de género contra sus propias madres.

Beneficioso para los menores

Para el abogado Juan Manuel Gutierrez Donayre, este proyecto busca preservar el bienestar psicológico e interés del menor, contemplando la posibilidad de ejercer la tenencia conjunta (convivencia y crianza) con ambos padres en las formas y modos que estos acuerden, evitando romper el vínculo parental con alguno de sus padres a pesar de la separación de estos.

“Con la promulgación de esta eventual modificatoria se resguarda y vela por el interés del menor, al permitir no solo que la tenencia sea ejercida por uno de los padres, como tradicionalmente se contemplaba; sino ahora por ambos, cuando así los padres lo acuerden o en su defecto lo determine el juez vía proceso judicial. Esto es positivo porque permitirá la convivencia compartida del menor con el otro padre, asegurando su crecimiento y desarrollo sin privarlo del goce afectivo que haya podido estar recibiendo del padre con el que ya convivía. Esto asegurará que el menor pueda gozar de sus dos figuras paternas de manera armónica y colaborativa sin menoscabar el bienestar psicológico que pueda significarle la separación de sus padres.”, sostuvo Gutiérrez Donayre.

Asimismo, agregó que esta iniciativa contempla que el menor pueda convivir de manera alterna con cualquiera de sus padres desarrollando esos vínculos afectivos en armonía y colaboración de ambos progenitores.