Sociedad

Exalcalde de Chiclayo cumplirá arresto domiciliario por condena de tráfico de influencias

Abogado de David Cornejo pidió que se suspenda la ejecución provisional de pena de más de 5 años de cárcel y Poder Judicial de Lambayeque emitió resolución.

Exburgomaestre es investigado por el caso Los Temerarios del Crimen. Foto: Clinton Medina / La República
Exburgomaestre es investigado por el caso Los Temerarios del Crimen. Foto: Clinton Medina / La República

La Segunda Sala de Apelaciones de Lambayeque resolvió variar de oficio la ejecución provisional de la pena de cinco años y cinco meses de cárcel efectiva por arresto domiciliario contra David Cornejo Chinguel, exalcalde de la provincia de Chiclayo del periodo 2015-2018. A la exautoridad edil se le condenó por uno de los hechos de corrupción del caso Los Temerarios del Crimen.

Resolución

Como se recuerda, el 11 de enero de 2022 el exburgomaestre de Chiclayo fue condenado por el delito de tráfico de influencias en agravio de la Municipalidad Provincial de Chiclayo (MPCh), tras ser encontrado responsable de haber favorecido al empresario Ángel Espinoza Castro con la buena pro de un proceso de selección entre el 20217 y 2018.

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De acuerdo a la resolución n.° 42, a la que accedió este diario, el colegiado confirmó el contenido de la resolución n.° 36, del 20 de enero de 2022, donde se declaró improcedente el pedido de suspensión de ejecución provisional de la condena contra Cornejo Chinguel. No obstante, se ordenó la ejecución de la pena efectiva por arresto domiciliario.

Además, la referida sala ordenó al Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque, despacho que emitió la sentencia, ejecutar la medida una vez que se acredite y verifique el lugar donde se cumplirá el arresto domiciliario.

Entre los argumentos planteados por el abogado de David Cornejo, Duberlí Rodríguez Tineo, está que su patrocinado cumplió prisión preventiva por 36 meses y que, inicialmente, la Fiscalía pidió una pena de cuatro años. Además, planteó que el delito de tráfico de influencias tiene una pena mínima de cuatro años y máxima de seis años.

El letrado también justificó la suspensión de la condena a favor de David Cornejo con presupuestos relacionados al arraigo familiar y domiciliario, así como su estado vulnerable contra el coronavirus.

Hechos

En primera instancia, la Fiscalía acusó a Cornejo Chinguel de favorecer al empresario Ángel Espinoza en un proceso de adquisición de llantas de la municipalidad, participando como intermediarios el exregidor, Juan Perez Bautista, y el exfuncionario José Arragón Ocaña.

Por este caso, el empresario Ángel Espinoza reconoció haber sobornado al alcalde al entregarle una coima de 54.000 soles a Pérez Bautista, lo cual motivó a que sea sentenciado a cuatro años de cárcel suspendida por el delito de cohecho.

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