Política

Corte Suprema anula absolución de Luis Valdez y ordena nuevo juicio

Por lavado de activos. Sentencia establece que los jueces superiores no valoraron los procesos seguidos al exalcalde de Pucallpa por tráfico ilícito de drogas. Uno de los casos involucró al asesinado Roger Poémape.

Acusado. Luis Valdez Villacorta volverá a enfrentar juicio por presunto lavado de activos del narcotráfico. Foto: EFE
Acusado. Luis Valdez Villacorta volverá a enfrentar juicio por presunto lavado de activos del narcotráfico. Foto: EFE

La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia anuló la sentencia que en agosto del 2019 absolvió al exalcalde de Pucallpa Luis Valdez Villacorta por delito de lavado de activos y ordenó que se realice un nuevo juicio público en su contra y de sus principales colaboradores.

El Tribunal Supremo establece que los jueces superiores que absolvieron a Valdez Villacorta se apartaron sin la debida motivación de los precedentes vinculantes que establecen la independencia del delito de lavado de activos, respecto al ilícito que generó los supuestos recursos económicos que fueron blanqueados.

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Anota que en la casación n° 1-2017/CIJ-433, de octubre del 2017, se definió que para establecer el delito de lavado de activos no se necesita identificar las concretas operaciones delictivas previas ni que exista una sentencia condenatoria.

Lo único que se necesita, señaló la casación, son indicios o datos suficientes, capaces de establecer la relación de los activos económicos con las actividades delictivas previas y que no existe otra posible fuente lícita de los bienes.

“El tribunal (…), al emitir su sentencia absolutoria sobre la base de que, para la configuración del delito de lavado de activos, se
requiere que el delito previo sea probado con certeza y guarde un vínculo directo con los sujetos activos del delito imputado, no habría observado los lineamentos establecidos en el precedente vinculante”
.

Además, habría agotado su análisis en corroborar la inexistencia de una prueba directa sobre la vinculación de Valdez Villacorta con el delito de narcotráfico sin valorar la prueba indiciaria existente.

Así, no se valoró que Luis Valdez Villacorta estuvo investigado por delito de tráfico ilícito de drogas, al lado del recientemente asesinado en una notaría de San Borja, Roger Javier Poémape Chávez.

En el caso Contenedor, el procesado Julio César Gamboa Bazalar, condenado a 20 años de prisión por narcotráfico, sindicó a Luis Valdez como la persona que financiaba la organización dedicada a la adquisición, almacenamiento y acondicionamiento de droga.

Igualmente, señala que no se realizó un debate pericial entre los peritos que suscribieron el dictamen pericial de la Dirandro, que estableció un desbalance de 1.075.518.44 soles, y los dictámenes de parte que no encontraron desbalance.

Tampoco se realizó un pronunciamiento de responsabilidad de las empresas vinculadas Industrial Ucayali SAC, Cervecería Amazónica SAC, Luvavi Import EIRL, Wilder Finance Corp, Forestal Export HM, Anaconda Maderas EIRL y Maderas Finas Loreto.

Todo lo cual, dicen los jueces supremos, habría afectado el debido proceso, por lo que ordenan que se realice un nuevo juicio.

Decisión alcanza a sus colaboradores

Además de Luis Valdez Villacorta, la decisión de la Corte Suprema alcanza a José Rivas Macedo, Luis Sáenz Panduro, César Ríos Cárdenas, Tania Moreno Rojas, Jesús Gonzales Valdivia y Luz Marina Ferreyra Valdez.

Igualmente, a Francisco Peixoto Macanillas, Lester Marina Pastor, Luis Carpena Rojas, Luis Moreno Zumaeta, Carlos Fachin Pinedo, Manuel Gamarra Ternero, Rogelia Lazo Viuda de Machuca, Alberto Ferrari Ramírez, Ernesto Barranzuela Correa, Ramiro Sánchez Ríos, entre otros.

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