Política

Nombrar terroristas a organizaciones criminales supondría cambios jurídicos

MULTIENFOQUE. Dos especialistas coinciden en que la propuesta no traería mejoras en la lucha contra la inseguridad, porque la falencia ocurre en materia de investigación. Exministro Gavidia considera que la medida podría ayudar y Durand que el camino no es la militarización de la seguridad ciudadana.

Proyecto de delegación de facultades solicitado por el Ejecutivo. Foto: Presidencia
Proyecto de delegación de facultades solicitado por el Ejecutivo. Foto: Presidencia

En el proyecto de delegación de facultades, el Gobierno plantea -en el apartado referido a seguridad ciudadana- modificar el marco legal para denominar a las organizaciones criminales como terroristas. "Establecer el marco legal que declare a las organizaciones criminales como organizaciones terroristas, y disposiciones para su clasificación y registro", señala el documento. Al respecto, cuatro especialistas dan sus opiniones sobre esta propuesta.

"Ampliar la categoría podría generar problemas jurídicos"

Noam López — Investigador y politólogo PUCP

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Calificar como terroristas a las organizaciones criminales no garantiza, por sí mismo, una mejora en la lucha contra la inseguridad ciudadana. Considero que el problema central, frente a la situación que vivimos, no es la falta de etiquetas penales, sino la baja capacidad del Estado para investigar, identificar a las redes criminales, seguir el dinero, controlar las cárceles y lograr condenas.

Terrorismo y crimen organizado pueden compartir métodos violentos, pero responden a lógicas totalmente distintas: el primero busca generar terror con una finalidad política; el segundo persigue principalmente beneficios económicos y control de mercados ilícitos.

Ampliar la categoría de terrorismo podría generar problemas jurídicos sin resolver las debilidades operativas. Para enfrentar extorsiones, sicariato y tráficos ilegales se requiere más inteligencia estratégica, investigación financiera, coordinación fiscal-policial y control territorial. Endurecer la ley puede ayudar, pero solo si aumenta la probabilidad real de detectar, capturar y sancionar.

"Ya se hizo en los 90 y podría traer resultados positivos"

José Luis Gavidia — Exministro de Defensa

Creo que puede ayudar. Todo el mundo dice que las Fuerzas Armadas tienen que salir. El Decreto Legislativo 1095 norma el empleo de las Fuerzas Armadas en estado de emergencia, pero no establece que puedan usar sus armas. El delincuente sabe que el soldado no le puede hacer nada y la disuasión pierde su objetivo. No pueden usar la fuerza porque la norma no lo permite.

Declarar como elementos hostiles a estos grupos debe ser responsabilidad del Consejo de Seguridad Nacional, liderado por el presidente de la República e integrado por los ministros correspondientes. Cuando lo hagan, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas puede establecer que estas organizaciones sean consideradas objetivos militares. Al hacerlo, las FFAA estarían facultadas para el uso de las armas en operaciones contra las organizaciones criminales.

En la operación, quienes dirigen y comandan son las propias Fuerzas Armadas, trabajando de manera conjunta y unificada con la Policía. Esto ya se hizo en los años noventa y podría traer resultados positivos. Además, no sería algo extraño: lo han hecho Estados Unidos, Colombia y otros países en su momento con grupos similares.

"Es un intento de construir una nueva categoría jurídica"

Ricardo Valdés — Exviceministro del Interior

Denominar terroristas a determinadas organizaciones criminales no es un simple cambio de nombre. Es, en realidad, un intento de construir una nueva categoría jurídica para enfrentar al crimen organizado. Son delitos distintos. El terrorismo tiene una finalidad política; el crimen organizado, una finalidad económica.

Difícilmente esta medida mejorará la lucha contra la criminalidad. El sicariato, el secuestro y la extorsión ya tienen penas extremadamente severas. Cambiar la denominación de una organización no mejora por sí mismo la inteligencia, la investigación, la capacidad policial ni la persecución penal.

Por ello, cabe preguntarse qué hay detrás de esta decisión. El artículo 140 de la Constitución establece una excepción para la pena de muerte en el caso del terrorismo. La nueva categoría pretendería extender esa sanción a la criminalidad organizada, pese a las restricciones internacionales. No sería combatir mejor el crimen, sería una forma de sacarle la vuelta a la Constitución.

Ya lo han hecho al cambiar la definición del “delito de función” para juzgar a militares y policías en el fuero policial militar por delitos comunes. Algo similar podría estar ocurriendo ahora. Llamar “terroristas” a criminales comunes puede crear una nueva puerta jurídica con consecuencias impredecibles.

"La militarización de la seguridad no es el camino más adecuado"

Benjamin Durand — Politólogo por la UNT

Se debe reconocer que esto es una señal de alineamiento a la estrategia de seguridad adoptada por Estados Unidos, sin comprender el problema real. No hace falta llamar “grupos hostiles” a las organizaciones criminales para combatir el crimen organizado. Los resultados de esta estrategia no han sido significativos para detener el avance de las economías ilegales en la región, más bien se le ha dado un uso político. La militarización de la seguridad no es el camino más adecuado.

Históricamente, el fujimorismo siempre ha guardado una estrecha relación con el sector militar; por ello, el gobierno pretende darles un rol más activo y busca justificar su actuación en temas de seguridad interna. Esto puede ser contraproducente. Hay evidencias sólidas de que la incursión directa de las FFAA podría agravar el problema, como en México. El camino debe ser fortalecer la capacidad operativa de las instituciones que forman parte de la cadena de administración de justicia y reformar procesos internos para mejorar sus capacidades. Recordemos que, durante el conflicto armado interno, fue la policía que logró capturar a líderes terroristas.

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