Poder Judicial revoca impedimento de salida del país contra Keiko Fujimori
El Poder Judicial indicó que los acusados del caso Cócteles, en el que se investiga a Keiko Fujimori, "vienen cumpliendo reglas de conducta restringida, medida suficiente para contrarrestar riesgo de fuga".
El Poder Judicial, a través de la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, decidió revocar la resolución de primera instancia que impuso 36 meses de impedimento de salida del país contra la ex candidata presidencial Keiko Fujimori y otros, por presunto delito de lavado de activos en el marco del Caso Cócteles.
Asimismo, dicho poder del Estado señaló que "si bien persiste una preocupación porque los acusados pueden rehuir de la acción de la justicia ante una decisión final", dichas personas investigadas por el presunto delito de lavado de activos "vienen cumpliendo reglas de conducta que aseguran su comparecencia restringida, medida suficiente para contrarrestar riesgo de fuga".
Keiko Fujimori, excandidata presidencial. Foto: Andina
Tercer Juzgado Penal estará a cargo del juicio contra Keiko Fujimori
La Corte Superior Nacional determinó que el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional se encargará del juicio contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y otros por presuntamente recibir aportes ilícitos para su campaña presidencial en el 2011 y 2016. Asimismo, informó que en los próximos días los miembros del Colegiado, liderado por Nayko Coronado, deberá de decidir la fecha del juicio oral.
Como se conoce, el Equipo Especial del caso Lava Jato pidió al Poder Judicial que se le imponga a la exaspirante a la Presidencia, 30 años de pena privativa contra la libertad, al igual que a Vicente Silva Checa, Pier Figari, Jaime Yoshiyama, Adriana Tarazona, Ana Herz y José Chlimper.
Juicio oral por caso Cócteles
Keiko Fujimori irá a juicio oral por orden del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, presidido por el juez Víctor Zuñiga. "Declaro la validez formal y material del requerimiento acusatorio, así como la existencia de una relación jurídica procesal válida", se lee en la resolución del Poder Judicial.