Política

Marco Huamán: “Son más de 190 los elementos de convicción que sustentan denuncia contra el presidente”

El fiscal adjunto supremo de la Fiscalía de la Nación explica que se han conseguido acopiar graves y suficientes elementos de convicción que indicarían que el jefe del Estado lideró una presunta organización criminal.

Confirmación. El fiscal adjunto supremo Marco Huamán señala que la acusación tiene sustento. Foto: difusión
Confirmación. El fiscal adjunto supremo Marco Huamán señala que la acusación tiene sustento. Foto: difusión

La Fiscalía de la Nación han conseguido acopiar graves y suficientes elementos de convicción que indicarían que el jefe del Estado lideró una presunta organización criminal, explica el fiscal adjunto supremo Marco Huamán Muñoz en la siguiente entrevista sobre la denuncia constitucional presentada ante el Congreso.

—¿Cuáles son los elementos de convicción más graves en contra del presidente Castillo?

—Son más de 190 elementos de convicción que sustentan la denuncia contra el presidente. No puedo detallar estos elementos porque sería vulnerar la reserva de la investigación, pero puedo señalar que hay graves y suficientes elementos de convicción que sustentan la denuncia constitucional.

—¿Por qué el presidente es señalado como el líder de una organización criminal?

—Es por el rol que tiene en la organización criminal. Es el líder, el que planifica y organiza los propósitos y los objetivos de la organización criminal.

—Cuando el presidente designa a Geiner Alvarado como ministro de Vivienda y a Juan Silva como titular de Transportes, ¿fue para direccionar obras públicas a favor de personas que financiaron su campaña electoral?

—La campaña electoral del presidente fue financiada por los que componen el llamado buró político: Segundo Sánchez Sánchez, Nenil Medina, Abel Cabrera y otros. El tema del copamiento de los diversos estamentos del Estado es el modus operandi de la organización criminal. Copar los estamentos del Estado con la finalidad de instalar en ellos a personas vinculadas a la organización criminal para a partir de ello controlar, direccionar los procesos de contrataciones y obtener beneficios económicos ilícitos que permitan sostener a la organización en general y a cada uno de sus integrantes.

—En el caso específico del Decreto de Urgencia 102-2021, el jefe del Estado cuando lo firma ¿sabía que la norma era en beneficio de los miembros del llamado buró político, entre cuyos integrantes se encuentran financistas de su campaña?

—El DU-102-2021 es parte del modus operandi de la organización. Es a partir de la implementación de dicho decreto que permite la ejecución de determinados proyectos de obras públicas. Teniendo ya la autorización y el financiamiento, el segundo paso de la organización fue darles prelación a determinados proyectos. Es decir, que se ejecuten en municipalidades cuyos alcaldes o autoridades tengan vinculación o afinidad a la organización criminal. Luego, las municipalidades, los integrantes de la organización criminal que fungen de ejecutores desarrollan los procesos de colusión para otorgar la buena pro a empresas afines a la mencionada organización criminal, y de esta manera materializar la obtención de ganancias ilícitas para la organización.

—¿En los casos de Puente Tarata III y Petroperú existen evidencias de que Pedro Castillo se favoreció económicamente?

—No puedo brindar los elementos de convicción exactos que sustentan la denuncia constitucional de cada hecho materia de investigación, pero puedo asegurar que hay graves y fundados elementos de convicción que han permitido a la señora fiscal de la Nación sustentar la denuncia constitucional presentada. Y, obviamente, en el sustento hay testimonios, declaraciones de colaboradores eficaces, audios y material probatorio documentario. En los tres casos (Puente Tarata III, Petroperú y el DU 102-2021) hay evidencias que nos permiten inferir válidamente la existencia de la organización criminal, el liderazgo del presidente de la República y la integración en la organización criminal de parte de los denunciados, llámense Juan Silva Villegas y Geiner Alvarado López.

—En el caso Petroperú, se indica que el presidente Pedro Castillo recibió 2 millones de soles por autorizar la compra de biodiésel B100. ¿Qué información existe al respecto?

—Sí, es un elemento de convicción que tenemos en desarrollo. Ha habido beneficios económicos, yo no puedo precisar montos exactos. Lo que afirmamos es que el presidente de la República habría recibido beneficios económicos no solo de dinero sino también de otra índole.

—¿Cuántos colaboradores eficaces ha logrado conseguir la Fiscalía?

—Son varios colaboradores eficaces, no lo puedo citar en números. Lo que debe tener la certeza la población es que hay elementos suficientes que sustentan la acusación constitucional. La declaración de los colaboradores eficaces por sí sola no va a fundamentar la denuncia constitucional. Se fundamenta también en audios, testigos protegidos, material documentario y diversos elementos de convicción colaterales, coincidentes con las declaraciones de los colaboradores eficaces.

—¿Qué sucederá si el Congreso concluye que la Constitución no permite acusar al presidente por los delitos que le imputa la fiscal de la Nación?

—Esa ya será una decisión del Congreso. Nosotros nos limitamos a realizar actos de investigación y cumplir con la función que nos encomienda la Constitución.

—Hay opiniones de juristas que señalan que se habría incurrido en prevaricato al presentarse la denuncia constitucional.

—Estoy en total desacuerdo porque lo que ha emitido la fiscal es una denuncia constitucional al amparo de la Constitución y la ley. Es la culminación de las diligencias preliminares autorizadas por la Corte Suprema, luego de una tutela instaurada por la defensa del abogado de Castillo, que autorizó al Ministerio Público a realizar válidamente los actos de investigación de la diligencia preliminar. Concluida esta investigación lo que ha hecho la señora fiscal de la Nación es arribar a las conclusiones que están contenidas en la denuncia constitucional presentada al Congreso.