Política

Perú Libre: TC anula prisión preventiva de José Bendezú, exsecretario de prensa del partido

El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de habeas corpus presentada por José Bendezú y anuló la audiencia que derivó en su prisión preventiva. El fallo concluye que el exdirigente de Perú Libre no fue notificado del recurso de casación del Ministerio Público, lo que vulneró su derecho a la defensa y a la libertad personal.

Tribunal Constitucional anula prisión preventiva de José Bendezú. Foto: difusión
Tribunal Constitucional anula prisión preventiva de José Bendezú. Foto: difusión

El Tribunal Constitucional anuló la prisión preventiva dictada contra José Bendezú, exsecretario de prensa de Perú Libre, al determinar que se vulneraron sus derechos fundamentales. La decisión deja sin efecto la audiencia de casación que revocó la comparecencia con restricciones y permitió imponerle 36 meses de prisión preventiva en el marco del caso Dinámicos del Centro.

En la sentencia, el TC concluye que Bendezú no fue notificado del auto que concedió el recurso de casación presentado por el Ministerio Público. Esta omisión le impidió participar en la audiencia realizada en la Corte Suprema. Según el fallo, ello generó una “indefensión material grave” que afectó directamente su libertad individual y su derecho a la defensa.

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“El favorecido no fue notificado del auto que concede el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público”, señala el TC. El tribunal agrega que esta falta de comunicación impidió que el procesado se apersone ante la sede casatoria y solicite el uso de la palabra para sustentar su posición.

La resolución no evalúa el fondo del proceso penal ni la motivación de la prisión preventiva. El pronunciamiento se centra en las irregularidades procesales cometidas durante el trámite del recurso de casación que terminó con la imposición de la medida más gravosa.

¿Por qué el TC consideró vulnerados los derechos de José Bendezú?

El TC determinó que la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional no cumplió con notificar a José Bendezú la resolución que concedió el recurso de casación excepcional del Ministerio Público. Esta obligación recaía directamente en dicho órgano judicial, según la sentencia.

El tribunal también cuestionó la actuación de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema. Aunque no tenía el deber de realizar la notificación, sí debía verificar que esta se haya efectuado. El TC subraya que, en casos donde está en juego el derecho de defensa, existe un “especial deber de protección” hacia los procesados.

De acuerdo con el fallo, la falta de notificación explica por qué ni Bendezú ni su defensa participaron en la audiencia de casación. Como resultado, la Corte Suprema resolvió el recurso sin escuchar a una de las partes, lo que derivó en la revocatoria de la comparecencia con restricciones y la imposición de la prisión preventiva.

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