Política

Ollanta Humala: Juzgado Constitucional concluye que la orden de arresto en caso Odebrecht es inconstitucional

El tribunal determinó que el juzgado cometió un error al ordenar la ejecución de la pena sin una sentencia motivada y debidamente redactada, afectando los derechos de Humala.

Ollanta Humala recibió un argumento jurídico a su favor desde el PJ | Composición: Ariana Espinoza / Foto: LR.
Ollanta Humala recibió un argumento jurídico a su favor desde el PJ | Composición: Ariana Espinoza / Foto: LR.

Una buena noticia para Ollanta Humala. La Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima determinó que el expresidente del Perú y los demás implicados fueron arrestados de forma inconstitucional. La decisión fue anunciada como parte del proceso de hábeas corpus interpuesto por la ciudadana Cyntia Natalia Cornejo Arista en favor de Ilan Heredia Alarcón, hermano de la esposa del expresidente, Nadine Heredia.

"(...) Este Colegiado concluye que el juzgado demandado, de manera errónea, ordenó la ejecución de la pena impuesta durante la audiencia de adelanto de fallo del 15 de abril de 2025, cuando lo legalmente correcto era que se lleve a cabo una vez emitida la sentencia condenatoria debidamente redactada. (...) Esta situación resulta lesiva al derecho constitucional invocado por la parte demandante en la medida en la que se ordenó la ejecución de la condena impuesta, con orden de captura, mediante un acto distinto a una resolución judicial escrita y debidamente motivada", señala la resolución

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Esta victoria judicial podría sumar argumentos ante la posible presentación de un recurso de reconsideración ante el Poder Judicial que revoque la decisión de los juzgados, quienes consideraron que el expresidente cometió el delito de lavado de activos, condenándolo así a 15 años tras las rejas. Las estrategias legales del expresidente ya se han puesto en marcha. Como se recuerda, Wilfredo Pedraza, abogado de Ollanta Humala, presentó un hábeas corpus para anular su condena de 15 años por lavado de activos, tras alegar adelanto en la lectura de la sentencia.

 Decisión del Juzgado constitucional ante recurso presentado | Foto: LR-Pasión por el derecho.

Decisión del Juzgado constitucional ante recurso presentado | Foto: LR-Pasión por el derecho.

OIlanta Humala: ¿Por qué fue condenado a 15 años de prisión el expresidente?

El Tercer Juzgado Colegiado de la Corte Superior Nacional del Poder Judicial impuso una condena de 15 años de prisión a Ollanta Humala y Nadine Heredia, por el delito de lavado de activos. La magistrada Nayko Coronado respaldó la tesis del Ministerio Público, al concluir que los fondos entregados al Partido Nacionalista durante las campañas presidenciales de 2006 y 2011 provenían de fuentes ilícitas, específicamente de Venezuela y la empresa brasileña Odebrecht. Como resultado, ambos deberán cumplir su sentencia hasta el año 2039.

Esta decisión judicial constituyó un hito en los procesos seguidos contra exmandatarios y excandidatos presidenciales entre 2006 y 2016. Nayko Coronado se convierte en la primera jueza en dictar una condena por lavado de activos vinculados a financiamiento de campañas electorales. Cabe destacar que Nadine Heredia no asistió a la lectura del fallo en la sede del Poder Judicial ubicada en el edificio Carlos Zavala, lo que motivó la emisión de una orden de captura en su contra.

Durante la lectura anticipada de la sentencia, Coronado señaló que testigos declararon que Heredia acudía a la embajada venezolana para recoger grandes sumas de dinero en efectivo, transportadas en mochilas o maletas, destinadas a la campaña de 2006. La jueza subrayó que, según las pruebas, estos fondos tenían origen ilegal. Además, el tribunal escuchó a 57 testigos que afirmaron no haber realizado aportes a las campañas del Partido Nacionalista.

Asimismo, se evidenció que Heredia suscribió contratos ficticios con la empresa Apoyo Total, respaldando esta conclusión con registros de depósitos bancarios efectuados a su cuenta. El juzgado también confirmó que en 2011 el partido recibió tres millones de dólares, y aclaró que, aunque en Brasil se hayan anulado ciertos procesos, ello no afecta el carácter ilícito del dinero recibido.4o

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