Política

Proyecto de ley de impunidad infringe Constitución y la norma mundial

Alertas. Comisión Interamericana de Derechos Humanos expresa preocupación e insta a congresistas a detener avance de iniciativa legal que supone una amnistía a criminales al pretender que delitos de lesa humanidad puedan prescribir.

Fallo constitucional. TC de Álvarez, Mesía, Urviola, Eto y Beaumont concluyeron que delitos de lesa humanidad no prescriben y anularon decreto. Foto: difusión
Fallo constitucional. TC de Álvarez, Mesía, Urviola, Eto y Beaumont concluyeron que delitos de lesa humanidad no prescriben y anularon decreto. Foto: difusión

El proyecto de ley que avanza en el Congreso para evitar que se castiguen delitos de lesa humanidad contraviene la Constitución y el derecho internacional, que establecen que estos crímenes no prescriben; es decir, no se extingue la responsabilidad con el paso del tiempo, como se plantea en la iniciativa legal.

El proyecto que busca que “la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra” en Perú no sean para casos anteriores a julio del 2002 espera segunda votación del Parlamento, luego de que se aprobara en primera consulta.

La iniciativa, planteada por Fuerza Popular y Renovación Popular, beneficiaría a varios criminales, entre ellos militares que violaron derechos humanos, terroristas, el exdictador Alberto Fujimori y su mano derecha Vladimiro Montesinos.

El proyecto avanzó, pese a que el Tribunal Constitucional (TC) sentenció en 2011 que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles. Esto porque el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que “nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho nacional o internacional” y esto “(no) se opondrá al juicio ni a la condena de una persona por actos u omisiones que, en el momento de cometerse, fueran delictivos según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional”.

CIDH y expertos

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)expresó su preocupación por la aprobación en primera votación del proyecto de ley e instó a los congresistas a detener su avance.

“La imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad y de guerra es un principio del derecho internacional que los Estados tienen la obligación de respetar. Son inadmisibles las disposiciones que impidan la investigación y sanción de los responsables”, recordó.

El fallo del TC del 2010 lo dejó claro al frenar otra intentona del gobierno de Alan García.

“Hace más de una década, se dio el muy similar Decreto Legislativo 1097, que disponía que los procesos contra militares y policías por delitos de lesa humanidad se regían por reglas de prescripción de la legislación vigente en ese momento; es decir, no serían imprescriptibles. El TC señaló que esa norma era inconstitucional y confirmó que ‘por mandato constitucional e internacional, la acción penal susceptible de entablarse contra [una conducta que reviste características de crimen de lesa humanidad] con prescindencia de la fecha en que se cometió es imprescriptible’. Con ese antecedente, el proyecto actual es inconstitucional”, dice el abogado Pedro Grández, constitucionalista y profesor de las universidades Católica y San Marcos.

“Como fundamenta el fallo del TC, permitir la prescripción de dichos delitos vulnera el derecho a la verdad que se conecta con la dignidad humana y la tutela judicial efectiva. Ese derecho a la verdad de las víctimas puede ser materia de protección a través de un habeas corpus de acuerdo al nuevo código procesal constitucional”, anota la abogada Alexandra Molina, constitucionalista y profesora de la Universidad de Lima.

“La aprobación de la iniciativa de ley que prescribe delitos de lesa humanidad es muy cuestionable. La norma es inconstitucional y ya el TC lo sustentó. Si llega a hacerse ley este proyecto, el Estado estaría incumpliendo sus obligaciones internacionales”, sostiene el abogado Óscar Cubas, exprocurador supranacional para Derechos Humanos.

“En los años sesenta, se dio una convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad. Era necesario evitar que estos crímenes no prescriban. En los años 80, cuando se cometieron varios crímenes en Perú, estaban esos delitos tipificados en el ordenamiento legal de nuestro país, se aplica la pena de entonces, pero se vuelven imprescriptibles”, explica la abogada Dania Coz, del estudio Iriarte y Asociados.

Reacciones

Pedro Grández, constitucionalista y docente (PUCP y UNMSM)

“Con el antecedente del TC, el proyecto aprobado que busca que se declare prescripción en procesos de delitos de lesa humanidad que se haya cumplido un tiempo es indefectiblemente inconstitucional”.

Dania Coz, constitucionalista (Estudio Iriarte y Asociados)

“En los años 80, cuando se cometieron varios crímenes en Perú, estaban esos delitos tipificados en nuestro ordenamiento legal, se aplica la pena de entonces, pero se vuelven imprescriptibles”.

Óscar Cubas, abogado, exprocurador supranacional en DDHH

“La aprobación de la iniciativa de ley que prescribe delitos de lesa humanidad es muy cuestionable. La norma es inconstitucional y ya el TC lo sustentó. El Estado estaría incumpliendo sus obligaciones”.