Política

Congreso: en marcha ley para “interpretar” la cuestión de confianza

Celeridad. La oposición ya expuso tres proyectos de interpretación auténtica. Especialistas advierten que se estaría quebrando el equilibrio de poderes.

Los congresistas del periodo 2021-2026 juraron en el cargo el último 23 de julio. Foto: difusión
Los congresistas del periodo 2021-2026 juraron en el cargo el último 23 de julio. Foto: difusión

Mientras el Ejecutivo y el partido Perú Libre permanecen en pugnas internas, la oposición en el Parlamento impulsa un proceso célere para limitar los alcances de la cuestión de confianza. Esto, claramente ante la eventualidad de que el presidente Pedro Castillo decida utilizar este mecanismo.

Un importante sector del Parlamento ya se ha propuesto fijar estos límites solamente a través de una ley de interpretación auténtica, a pesar de que especialistas advierten que habría problemas de inconstitucionalidad.

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Ayer, la presidenta de la Comisión de Constitución, Patricia Juárez, presentó un plan de trabajo que tiene como primer punto “restablecer y fortalecer el equilibrio de poderes”. El documento ya fue aprobado por los miembros de este grupo.

Sobre la marcha, los miembros de la comisión escucharon la sustentación de tres proyectos de ley de interpretación de la cuestión de confianza.

Los textos provienen de bancadas distintas. Es decir, ya existe la determinación de los grupos parlamentarios de oposición de modificar la cuestión de confianza solo con una ley, omitiendo así el camino de la reforma constitucional.

Los proyectos

Los congresistas autores de estos tres proyectos de interpretación son Luis Aragón Carreño (Acción Popular), Adriana Tudela (Avanza País) y Héctor Acuña y Lady Camones (Alianza para el Progreso), que presentaron un texto en forma conjunta.

Básicamente plantean que el presidente no pueda hacer cuestión de confianza sobre reformas constitucionales o sobre aspectos que son de competencia exclusiva del Parlamento (ver detalles en la infografía).

Patricia Juárez ayer mismo invitó a tres constitucionalistas afines a las ideas del fujimorismo para tener opiniones a favor de los proyectos: Domingo García Belaunde, Gerardo Eto Cruz y César Delgado Guembes.

Gerardo Eto Cruz sostuvo que el Congreso puede aprobar leyes para interpretar cualquier cláusula de la Constitución. En su opinión no habría problemas de inconstitucionalidad si el Parlamento aprueba una ley interpretativa sobre la cuestión de confianza.

Una ley inconstitucional

Los especialistas Leslie Obando y Luciano López advierten que habría un serio problema de inconstitucionalidad si el Parlamento opta por regular la cuestión de confianza solo mediante una ley de interpretación.

“Los tres proyectos que pretenden limitar este mecanismo de control político mediante leyes de interpretación podrían tener vicios de inconstitucionalidad, debido a que la Constitución no establece ningún límite”, precisa Obando. Según subraya, el Congreso tendría que ir por una reforma de la Constitución.

La opinión es compartida por López: “No creo que la vía adecuada sea una ley de interpretación. Si el Congreso quiere regular la cuestión de confianza, debería hacerlo mediante una reforma constitucional”.

Debate abierto

Ya sobre el debate de fondo, sobre realizar ajustes o no a la cuestión de confianza, Luciano López considera que hay aspectos que se deben precisar, en concordancia con el fallo del Tribunal Constitucional y la opinión expresada por la Comisión de Venecia.

Sin embargo, el constitucionalista hace énfasis en que el debate debe ser en forma integral; es decir, incluyendo eventuales precisiones a la vacancia presidencial, por tratarse de un binomio del equilibrio de poderes.

López Flores advierte que si el Congreso solo regula la cuestión de confianza, se estaría fortaleciendo únicamente al Parlamento, en desmedro del balance de poderes.

Por su parte, Leslie Obando advierte que si el Congreso saca una norma que impide al Ejecutivo hacer cuestión de confianza por aspectos de exclusividad del Parlamento, “estaría vaciando de contenido a este mecanismo de control político”.

“El TC, en la sentencia 0006-2018-PI, ha señalado que este mecanismo ha sido regulado de manera abierta a fin de que el Ejecutivo pueda contar con un amplio campo de posibilidades para llevar a cabo las políticas que su gestión requiera”, explica.

De momento queda claro que el Congreso se apresta a modificar pronto la cuestión de confianza. Las alertas están planteadas.

Reacciones

Leslie Obando, constitucionalista

“Los tres proyectos de ley que pretenden limitar este mecanismo (de la cuestión de confianza) podrían tener vicios de inconstitucionalidad, debido a que la Constitución no establece ningún límite”.

Luciano López Flores, constitucionalista

“Si solo se regula sobre la cuestión de confianza, se estaría fortaleciendo al Parlamento. Cualquier reforma debe incluir la vacancia presidencial, por tratarse de un binomio del balance de poderes”.

Infografía-La República

Infografía-La República

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