El COVID-19 genera enfrentamiento entre jueces y fiscales de Lava Jato
La programación de audiencias ha generado la oposición de los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez. Los jueces responden que solo están cumpliendo su tarea constitucional.
La convocatoria a audiencia públicas para ver los pedidos de cese de prisión preventiva que han presentado procesados por el caso Lava Jato, ha generado un inusual enfrentamiento entre los jueces de la Corte Penal Nacional para casos de corrupción y crimen organizado y los fiscales del Equipo Especial del caso Lava Jato en el Perú.
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Los fiscales del Equipo Especial Lava Jato, encabezados por el fiscal superior coordinador Rafael Vela Barba y el fiscal provincial José Domingo Pérez, denuncian que los jueces no tienen jurisdicción para atender estos pedido de libertad que no serían urgentes. Además, señalan que los procesados por corrupción están utilizando la emergencia para evadir la prisión preventiva y eventualmente fugar.
Vela y Pérez también han denunciado que al convocar a las audiencias se les expone al peligro. Esto sucedería porque, dicen, para ejercer su labor tienen que acercarse a sus despachos a revisar los expedientes físicos y, entonces, ellos y su personal se exponen a un contagio.
Frente a frente
Hasta ahora se han producido dos choques frontales. El viernes, 17 de abril, Pérez asistió a la sede de la Corte , pero no participó en la audiencia convocada por el juez Santos Benites Burgos, del 2° Juzgado de Investigación Preparatoria, para evaluar la variación de prisión del exsecretario de Fuerza Popular, Jaime Yoshiyama Tanaka.
Al día siguiente, Pérez denunció ante la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) al juez Benites Burgos. La denuncia tiene dos puntos. En primero, señala que el juez no tiene jurisdicción para ver una variación de prisión preventiva. Dos, el supuesto quebrantamiento del aislamiento social.
El segundo incidente aconteció el jueves, 23 de abril. El fiscal Vela no asistió a la audiencia de apelación a la prisión preventiva de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori que llevó a cabo, vía teleconferencia, la 2° Sala Penal Nacional de Apelaciones. Vela expresó los mismos argumentos de Pérez. La realización de esa audiencia no es urgente y pone en desventaja al Equipo Especial, pues ante el Estado de Emergencia no pueden revisar los expedientes.
Previamente, Vela había dejado sentada su posición en un escrito dirigido a la presidenta de la Corte Penal Nacional especializada en delitos de corrupción y crimen organizado, la jueza superior Inés Villa Bonilla. Vela anunció que no acudiría a la audiencia y acusó a los jueces de programar audiencia que no son urgentes y para la que no han sido autorizados.
Villa responde
Los jueces han respondido en las mismas audiencia, publicando las actas de las audiencias y en oficios. El 21 de abril, a través de la página web y las redes institucionales del Poder Judicial, el juez Benites Burgos publicó el acta de la audiencia del 17 de abril. Por las mismas vía, el 23 de abril, la jueza superior Inés Villa Bonilla publicó el oficio de respuesta al documento de Vela Barba.
Los jueces señalan que sí están facultados para ver los pedidos de cese, variación o apelaciones a la prisión preventiva, por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Es decir, no fueron ellos los que un día se levantaron y decidieron ver esos casos, sino que fue una directiva que deben cumplir.
El 16 de marzo, luego de decretarse la primer etapa de la inmovilización social, el CEPJ dispuso la suspensión de actividades y estableció el funcionamiento de juzgados de emergencia para ver casos urgentes y delito flagrantes. Pero, eso cambio en los siguientes días y semanas. Progresivamente, se han ampliado las funciones de los jueces de emergencia y de diversos órganos judiciales.
Un cambio importante, fue motivado por una preocupación del Consejo de Estado para reducir el hacinamiento en los centros penitenciarios, ante el avance del COVID-19. La enfermedad ya ha dejado 13 presos muertos y 500 infectados. La presidenta del TC, Marianella Ledesma, el Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez y la Organización de las Naciones Unidas pidieron reducir el hacinamiento penitenciario, que el Perú llega al 140%.
De cerca de 100 mil presos en los penales del país, 65 mil tienen sentencia y otros 35 mil están en condición de procesados, con detención preliminar o prisión preventiva. Para reducir la sobrepoblación, el Ejecutivo se ha propuesto otorgar indulto a los presos por delitos leves que cumplan una serie de condiciones y le pidió al Poder Judicial revisar las prisiones preventivas.
Así, mediante la resolución N.° 118- 2020-CE-PJ se exhortó a los jueces de la especialidad penal para que en todos aquellos casos en los que tengan competencia y posibilidad de atención “revisen incluso de oficio, la situación jurídica de los procesados y sentenciados privados de su libertad (…) a fin de evaluar modificaciones en su condición jurídica”, respondió la doctora Inés Villa a Vela.
Control Interno
El juez Santos Benites puso en conocimiento de la Fiscalía de Control Interno la actuación de José Domingo Pérez. “Lo que llama la atención es que el fiscal, de manera negligente e inexcusable, no tenga conocimiento de las normas que éste órgano ha publicado en el diario El Peruano, constituye en todo caso una omisión, pero al parecer más bien constituiría un acto de mala fe procesal, de señalar solamente las normas que a él le favorecen (...) lo que evidencía, como indico y reitero, una negligencia inexcusable de conocimiento, más aún si el Ministerio Público (...) es el defensor de la legalidad", subrayó el juez Benites.
Además, indica que “el 16 de abril del 2020, a través de la asistenta judicial, Fara de los Ángeles Martínez Cubillas, tal como se ha dejado constancia de la notificación telefónica, se ha hecho las coordinaciones respectivas, a efecto de que el Ministerio Público participe de la audiencia de manera virtual, sin embargo, la doctora Carmen Caro Izquierdo -fiscal adjunta- (...) indicó que habiendo coordinado con el fiscal provincial la fiscalía concurriría de manera presencial a la audiencia”.
Por lo cual dice el juez, no es verdad que el juzgado haya obligado al fiscal Pérez a concurrir de manera presencial a la audiencia. Reitera que en la citación a la audiencia solo se puso, como es habitual, que debía concurrir a la audiencia, sin precisar si era presencial o virtual. Además, transcribe una segunda acta dónde se describe el lugar en el que permaneció el fiscal mientras se desarrollaba la audiencia, en la puerta, fuera del alcance de las cámaras de video.
Derechos
Mientras esto ocurre, los procesados deben esperar. El juez Benites Burgos se inhibió de ver el caso de Yoshiyama y lo reprogramó para el 22 de abril, que tampoco se vio, pues el juez de emergencia para esa fecha, Richard Concepción Carhuancho estaba impedido de intervenir. La solicitud de Yoshiyama a regresado a Mesa de Partes de la Corte para que se sortea a otro juez.
La apelación de Keiko Fujimori sí se realizó, sin la presencia de la fiscalía, y ha quedado al voto. La apelación estaba pendiente desde enero y no se vio antes por la inhibición de los jueces César Sahuanay e Iván Quispe. El tribunal estaba en recomposición cuando se produjo la declaratoria de emergencia, por lo que esa apelación no tiene directa relación con el COVID-19.
La personas que están en prisión, generalmente lo están por un motivo justificado, pero tienen el derecho a ser escuchados y que sus pedidos sean atendidos a la brevedad de tiempo posible. La emergencia del COVID-19 no debe hacer olvidar, que por más odioso que sea un personaje o un recluso, sus derechos deben garantizarse. Eso hace una sociedad justa y democrática.