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Mujer queda parapléjica luego de que su esposo la lanzara por balcón de su casa: sujeto recibió 16 años de cárcel

El agresor arrojó a su pareja por un balcón y la dejó parapléjica, según confirmó la justicia española. La sentencia rechaza calificación de intento de asesinato, a pesar de la gravedad de los hechos.

El ataque ocurrió en mayo de 2020, dejando a la víctima con paraplejia permanente y serias secuelas. Foto: composición LR/Crónicas/EFE
El ataque ocurrió en mayo de 2020, dejando a la víctima con paraplejia permanente y serias secuelas. Foto: composición LR/Crónicas/EFE

El Tribunal Supremo de España ha ratificado una de las sentencias más contundentes en materia de violencia contra las mujeres: Pedro Muñoz Fernández, exconcejal de Ponferrada (León), pasará 16 años y 11 meses en prisión por lanzar a su esposa desde un balcón tras una discusión. El hecho ocurrió el 27 de mayo de 2020 en la localidad leonesa de Toreno y dejó a la víctima con paraplejia permanente, además de múltiples secuelas físicas y psicológicas.

El fallo, ahora firme, confirma las resoluciones anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y la Audiencia Provincial de León. El caso es considerado uno de los más graves registrados en España por su nivel de brutalidad y el largo historial de maltrato familiar documentado a lo largo de la relación.

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Prisión e indemnización millonaria que Pedro Muñoz deberá afrontar

La sentencia impuesta al exconcejal Pedro Muñoz se compone de 12 años de prisión por lesiones agravadas, 2 años y 6 meses por maltrato habitual y tres penas menores (dos de 9 meses y una de 11 meses) por otros episodios de violencia en el ámbito familiar

A ello se suma una indemnización de 1,5 millones de euros a la víctima por los daños sufridos, así como pagos adicionales a entidades públicas: 97.000 euros a la Junta de Castilla y León y 47.900 euros al sistema sanitario de Castilla-La Mancha por los costos de atención médica.

La mujer terminó con graves consecuencias por el ataque. Foto: EFE

La mujer terminó con graves consecuencias por el ataque. Foto: EFE

Según la resolución, Muñoz desplegó durante años un patrón sistemático de violencia psicológica y física: humillaciones constantes, agresiones, aislamiento social y control total sobre la víctima, motivado (como se recoge en el fallo) por un sentimiento de superioridad de género.

Un ataque brutal tras años de sometimiento hacia Raquel Díaz

La noche del 27 de mayo de 2020, la víctima preparaba sus maletas para abandonar la finca donde vivía con el agresor. En ese momento, Pedro Muñoz reaccionó con furia: “¿No te enteras que sólo muerta te puedes librar de mí?”, le gritó, antes de arrastrarla hasta la terraza y arrojarla por el balcón. La mujer cayó sobre un pozo y el suelo, impactando en la cabeza y la espalda.

Tras la caída, según los hechos probados, el agresor bajó y la encontró inmóvil en el suelo. En lugar de auxiliarla de inmediato, le gritó: “Zorra, hija de puta, ¿te has muerto ya?”, y continuó agrediéndola con patadas, golpes y un palo, en especial en manos y piernas.

Exconcejal Pedro Muñoz tenía un historial como persona violenta contra su pareja. Foto: EFE

Exconcejal Pedro Muñoz tenía un historial como persona violenta contra su pareja. Foto: EFE

Las consecuencias fueron devastadoras: paraplejia, fracturas múltiples, daño neurológico y una completa dependencia para las actividades básicas. La víctima no puede volver a trabajar ni valerse por sí misma. El informe pericial recogió además síntomas severos de estrés postraumático, alteraciones del sueño, distorsión cognitiva y una desconexión social profunda.

El Supremo no vio intento de asesinato ni alevosía

Pese a la gravedad del ataque, la Sala Penal del Supremo descartó calificar los hechos como intento de asesinato, argumentando que no existió alevosía, ya que hubo un forcejeo previo y no se trató de un ataque sorpresivo.

Tampoco se estimó como homicidio en grado de tentativa, al aplicarse la figura del desistimiento activo, recogida en el artículo 16.2 del Código Penal. La clave de esta interpretación es que Muñoz, tras la agresión, realizó acciones que impidieron la muerte de su esposa: la reintrodujo en la vivienda, colocó su cuerpo en posición de seguridad, intentó frenar las hemorragias con toallas, y llamó al 112, así como a su hija y a un amigo para pedir ayuda.

Pedro Muñoz arribó al juicio donde fue acusado de maltratar a su exesposa Raquel Díaz. Foto: EFE

Pedro Muñoz arribó al juicio donde fue acusado de maltratar a su exesposa Raquel Díaz. Foto: EFE

“Aunque habría bastado con dejarla allí tirada para que muriera, el acusado cesó voluntariamente su acción y activó los medios para evitar el resultado fatal”, señala el fallo.

Los jueces concluyen que, a pesar de tener total capacidad para consumar el crimen, ya que estaban en un lugar aislado y la mujer no podía defenderse, Muñoz “decidió no hacerlo” y mostró arrepentimiento tras el hecho. Esta postura generó controversia entre colectivos feministas y expertos legales, que cuestionan la interpretación de la justicia en casos de violencia de género extrema.

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