Economía

Extrabajadores públicos peruanos ya podrán retirar compensación económica según la ley N° 27803: Conoce los detalles

El primer pago correspondiente al año 2026 comprende un monto total de S/ 14.millones 999 440, y se podrá efectuar a través del Banco de la Nación a nivel nacional.




El primer pago correspondiente al año 2026 comprende un monto total de S/ 14.millones 999 440, y se podrá efectuar a través del Banco de la Nación a nivel nacional.
El primer pago correspondiente al año 2026 comprende un monto total de S/ 14.millones 999 440, y se podrá efectuar a través del Banco de la Nación a nivel nacional. | El Peruano

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), autorizó este viernes 6 de febrero, el pago de la compensación económica a favor de 1.495 beneficiarios inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente (RNTCI), tal como se tenía previsto en artículo 3 de la Ley N° 27803.

Recordemos que entre los años 1991 al 2000, diversas empresas y entidades del Estado, sometidos a proceso de promoción de la inversión privada (lo que equivalía a reducción de costos y personal), tuvieron que optar por ceses colectivos y despidos masivos irregulares. 

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Ante esto, según la Ley N° 27803, los ex trabajadores que se encuentren debidamente inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente tienen derecho a diversos beneficios, entre ellos el de la mencionada compensación económica.

La medida fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.º 034-2026-TR, publicada en el diario oficial El Peruano, donde se indicó que el primer pago correspondiente al año 2026 comprende un monto total de S/ 14 millones 999 440, que se efectuará a través del Banco de la Nación a nivel nacional, a partir del segundo día hábil de publicada la norma. Este pago será financiado con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2026. 

La resolución aprueba cinco anexos, entre ellos el listado de beneficiarios, el detalle para fines administrativos, la información remitida al Banco de la Nación y un cuadro resumen de montos por regiones. Asimismo, se autoriza a la Oficina General de Administración a realizar las acciones administrativas necesarias para garantizar que la ejecución del pago sea eficaz.

También se indicó que el proceso de identificación y validación de beneficiarios estuvo a cargo de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, la cual verificó que los ex trabajadores cumplieran los requisitos, como no haber cobrado previamente el beneficio, ni mantener procesos judiciales en trámite contra el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Aquellos que no cumplieron los criterios establecidos fueron excluidos del padrón.

Finalmente, se encargó a dicha dirección general el monitoreo del cobro efectivo del beneficio y su difusión a través de las Direcciones y Gerencias Regionales de Trabajo, con el objetivo de asegurar el acceso oportuno de los beneficiarios a la compensación económica reconocida por ley.

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