SUNAT publica el cronograma oficial para presentar la Declaración Jurada Anual del IR e ITF 2025: revisa cuáles son las fechas límite
La SUNAT ha oficializado el cronograma para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del ITF del ejercicio 2025, mediante la Resolución N.° 000386-2025/SUNAT.
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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) oficializó el cronograma general para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del impuesto a la transacción financiera (ITF) del ejercicio 2025. La disposición quedó establecida a través de la Resolución de Superintendencia N.° 000386-2025/SUNAT y fija fechas específicas de vencimiento para el año 2026.
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El alcance de la norma comprende a personas naturales, micro y pequeñas empresas, así como a otros contribuyentes, diferenciando los plazos de acuerdo con el régimen tributario aplicable. De esta manera, se definen dos cronogramas distintos que deberán ser considerados al momento de cumplir con la obligación declarativa.
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Impuesto a la renta: Sunat define dos cronogramas según tipo de contribuyente y régimen tributario
La resolución aprobada establece un primer cronograma dirigido a las personas naturales y a las micro y pequeñas empresas que tributan en el Régimen General y en el Régimen Mype Tributario comprendidas en la Ley N.° 31940. Para este grupo, los vencimientos se iniciarán el 26 de mayo de 2026 y se extenderán hasta el 10 de junio del mismo año, dependiendo del último dígito del Registro Único de Contribuyentes.

Dentro de este mismo grupo se incluyen los denominados Buenos Contribuyentes, así como las personas que no se encuentren obligadas a inscribirse en el RUC. En estos casos, la fecha máxima para cumplir con la presentación de la declaración anual ha sido fijada también para el 10 de junio de 2026, conforme a lo dispuesto en la norma.

Fechas de vencimiento para personas naturales, Mype y otros contribuyentes en 2026
El segundo cronograma aprobado por Sunat está dirigido a los contribuyentes que no se encuentran comprendidos en la Ley N.° 31940. Para estos sujetos, las fechas de vencimiento de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del ITF correspondiente al ejercicio 2025 se ubican entre el 26 de marzo y el 13 de abril de 2026.
Al igual que en el primer cronograma, el orden de las fechas responde al último dígito del RUC de cada contribuyente. Este esquema permite distribuir de manera progresiva la presentación de las declaraciones, considerando la diversidad de regímenes y obligaciones existentes dentro del sistema tributario.
Disponibilidad de formularios virtuales y acceso a información personalizada para la declaración
La resolución también detalla las fechas a partir de las cuales estarán disponibles los formularios virtuales necesarios para efectuar la declaración. El Formulario Virtual N.° 709 – Renta Anual Persona Natural podrá ser utilizado desde el 31 de marzo de 2026, facilitando el cumplimiento de las personas naturales obligadas.
En el caso de los Formularios Virtuales N.° 710, tanto en su versión simplificada como en la completa para contribuyentes de tercera categoría y para el ITF, estos estarán habilitados desde el 2 de enero de 2026. Adicionalmente, Sunat pondrá a disposición información personalizada que servirá de apoyo durante la elaboración de la declaración, encontrándose disponible desde el 16 de febrero de 2026 para el Formulario 710 y desde el 31 de marzo de 2026 para el Formulario 709.























