Pago de sueldo por Yape o Plin: ¿los embargos también se aplicarán en billeteras digitales? Esto dice la Ley 32413
La nueva ley de billeteras digitales buscaría mejorar la inclusión financiera, permitiendo el pago de remuneraciones laborales a través de plataformas como Yape y Plin.
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La Ley N° 32413 ha sido recientemente promulgada para permitir que los empleados utilicen billeteras digitales como medio válido para el pago de remuneraciones y otras obligaciones laborales. En ese contexto, si una persona tiene deudas, los embargos también se aplicarán en las billeteras digitales, manteniéndose el límite de inembargabilidad establecido en el Código Procesal Civil.
Según un informe del BBVA, las billeteras electrónicas ya cuentan con más de 23 millones de usuarios. Actualmente, diversos comercios aceptan pagos a través de plataformas como Yape, Plin, Tunki, Agora, Pay y Bim, entre otras. En ese contexto, la disposición establece que el abono mantiene los límites de embargabilidad de las remuneraciones, ni su consideración como obligación alimentaria, conforme lo establece el Código Procesal Civil.
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Pago de sueldo por Yape o Plin: ¿los embargos también se aplicarán en billeteras digitales?
Al respecto, si una persona tiene deudas, los embargos también podrán aplicarse a las billeteras digitales. En este sentido, la norma establece que las remuneraciones y pensiones son inembargables hasta un máximo de cinco unidades de referencia procesal (2.675 soles), y cualquier exceso puede ser embargado hasta una tercera parte. En el caso de obligaciones alimentarias, el embargo puede alcanzar hasta el 60% de los ingresos, tras la deducción de los descuentos establecidos por ley.
Asimismo, la ley señala que el pago de haberes y otras obligaciones laborales a través de billeteras digitales debe contar con el acuerdo tanto del trabajador como del empleador, siempre que el trabajador considere que esta modalidad es más conveniente. Este acuerdo puede formalizarse al momento de celebrar el contrato de trabajo o en una fecha posterior, y debe cumplir con los estándares de seguridad establecidos en el reglamento.
Además, el pago mediante billetera digital debe regirse por los mismos principios y derechos aplicables al pago mediante cuentas bancarias convencionales, garantizando que el trabajador reciba su remuneración de manera íntegra, puntual y sin costo adicional.
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Cabe precisar que, el pago solo podrá realizarse a billeteras vinculadas a cuentas de ahorro o cuentas de dinero electrónico, siendo estas últimas proporcionadas por empresas sujetas a supervisión. Los instrumentos de pago incluyen cuentas de ahorro de instituciones financieras y cuentas de dinero electrónico, las cuales deben cumplir con regulaciones específicas sobre el respaldo de fondos, límites operativos y mecanismos de seguridad.
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