Sunat señala en qué casos puedes perder el beneficio del fraccionamiento o aplazamiento de deudas tributarias en 2025
El fraccionamiento y aplazamiento de deudas tributarias de Sunat permiten a los contribuyentes regularizar sus obligaciones fiscales mediante alternativas que se adaptan a sus capacidades financieras
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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) establece que el beneficio del fraccionamiento o aplazamiento de deudas tributarias puede perderse en dos situaciones específicas. En primer lugar, si el contribuyente incumple con el pago de dos cuotas consecutivas del fraccionamiento o aplazamiento, este puede quedar fuera del beneficio, lo que genera el reinicio de las acciones coactivas por parte de Sunat.
Otro caso en el que se pierde el beneficio es cuando se realiza un pago incompleto de la última cuota dentro del plazo establecido. Aunque el contribuyente cumpla con los pagos anteriores, el incumplimiento total o parcial de la última cuota es motivo suficiente para anular el fraccionamiento o aplazamiento de deuda tributaria, lo que también podría resultar en la exigibilidad inmediata de la deuda completa por parte de Sunat a través de la acción señalada en el párrafo precedente.
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¿En qué casos te pueden cancelar el fraccionamiento o aplazamiento de deudas tributarias? Esto señala Sunat
Según la información de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), existen dos causales por las que te pueden cancelar el fraccionamiento o aplazamiento de deudas tributarias, a saber:
- Incumplimiento de dos cuotas consecutivas
- Pago incompleto de la última cuota dentro del plazo establecido.
Fraccionamiento y aplazamiento de deudas tributarias, ¿en qué consisten ambas modalidades, vía Sunat?
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ofrece dos opciones para el pago de deudas tributarias: el fraccionamiento y el aplazamiento. El fraccionamiento permite que el monto total de la deuda se pague en cuotas mensuales, con un plazo de hasta 72 meses, dependiendo del monto adeudado. En cambio, el aplazamiento brinda la posibilidad de posponer el pago completo de la deuda por un máximo de 6 meses. También se puede optar por combinar ambas modalidades, comenzando con el aplazamiento y luego fraccionando el saldo pendiente en cuotas.
Para poder acceder al fraccionamiento o aplazamiento de deudas tributarias en 2025, los contribuyentes deben cumplir con ciertos requisitos establecidos por Sunat. Estos incluyen haber presentado todas las declaraciones juradas relacionadas con las deudas a fraccionar o aplazar, no estar en procesos de liquidación judicial o extrajudicial, y no tener saldos pendientes en cuentas de detracciones, entre otros.
Sunat: así puedes solicitar fraccionamiento o aplazamiento de deudas tributarias en 2025
Para solicitar fraccionamiento o aplazamiento de deuda tributaria, debes tener en cuenta los siguientes pasos, conforme a lo señalado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat):
- Solicitar la deuda personalizada
- Accede a la opción Mi fraccionamiento y selecciona 'Solicito Fraccionamiento art. 36'. Luego, elige Fracc Art 36 y realiza la Generación de pedido de deuda para cada tipo de deuda que tengas. Esta operación debe hacerse el mismo día que realices el trámite.
- Acceder al formulario para solicitud
- Elige el Formulario Virtual 687 Solicitud Fraccionamiento. En este paso, selecciona las deudas que han generado valores o aquellas que no aparecen, las cuales deberás registrar como ‘Otras deudas’ según las indicaciones del sistema.
- Seleccionar modalidades y detalles
- Indica si deseas solicitar aplazamiento, fraccionamiento o ambos beneficios para tu deuda, y especifica los meses y cuotas en función de tu situación. Si es necesario, también deberás señalar la garantía disponible y su monto en soles. Acepta y guarda tu solicitud para que el sistema asigne un número de registro.
- Pagar la cuota de acogimiento
- Realiza el pago de la cuota de acogimiento utilizando el NPS o el Formulario 1662 el mismo día de la solicitud o hasta que los intereses de tu aplazamiento caduquen, si lo solicitaste junto con el fraccionamiento.
Una vez completado el proceso, Sunat tiene hasta 30 días hábiles para responder a través del buzón electrónico de SOL con una resolución, que, en caso de ser aprobatoria, incluirá el cronograma de pagos correspondiente.
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