¿Dónde puedes ver tu CTS y cómo podría retirar hasta el 100% del dinero en 2025?
La posibilidad de retirar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú hasta el 31 de diciembre de 2026 ofrece mayor liquidez a los trabajadores formales del sector privado.
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En Perú, la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral diseñado para brindar protección económica a los trabajadores formales en caso de desempleo y este fondo se deposita dos veces al año. Sin embargo, en 2025, se promulgó una nueva ley que permite el retiro excepcional del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2026.
Para consultar el saldo de tu CTS, puedes acceder a la banca móvil o en línea del banco donde usualmente recibes este beneficio. La cuenta CTS debe aparecer como una cuenta separada de la de ahorros regular. Si no encuentras esta información, puedes acudir a la agencia bancaria correspondiente con tu Documento Nacional de Identidad (DNI) para realizar la consulta. Además, puedes contactar con el área de recursos humanos de tu empresa o con la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para obtener información sobre tu cuenta CTS.
¿Qué establece la normativa sobre el retiro completo y quiénes son elegibles según la Ley 32322?
La Ley 32322 establece dos mecanismos para el retiro completo de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). El primero autoriza, de manera excepcional y por única vez, el retiro total de los fondos acumulados hasta el 31 de diciembre de 2026. Esta medida aplica a todos los trabajadores comprendidos en el Decreto Legislativo 650, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR.
El segundo mecanismo permite el retiro total y permanente de la CTS en casos específicos, como cuando un trabajador es diagnosticado con una enfermedad terminal o cáncer. Para acceder a este derecho, el trabajador debe presentar una constancia médica ante su empleador. El monto a retirar incluirá los intereses generados hasta la fecha de la solicitud y se entregará en una sola operación.
"Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2026, a los trabajadores, comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del 100% de los depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición", se lee en el decreto.
¿Cuál es la fecha en la que podré retirar mi CTS?
En caso de que el Ministerio de Trabajo no publique la normativa para el retiro de la CTS antes del plazo establecido, el máximo para su retiro sería el domingo 8 de junio. Esto implica que, en tal escenario, el acceso total a tu CTS sería posible a partir del 9 de junio de 2025.
Sin embargo, dado que la disposición de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios ha sido aprobada en ocasiones anteriores, es posible que el reglamento se publique antes de esta fecha. Algunos medios indican que la normativa podría ser emitida en los próximos 10 días, señalando el 20 de mayo como una fecha tentativa para el retiro.
¿Cómo saber cuanto tengo en mi CTS?
Para saber cuánto tienes en tu CTS, primero debes identificar la entidad financiera donde tu empleador realiza el depósito, lo cual puedes confirmar con tu empresa; luego, puedes consultar tu saldo ingresando a la banca por internet o a la aplicación móvil de esa entidad usando tu número de cuenta o DNI y la clave correspondiente.
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