Economía

Publican ley que obliga a bancos y demás entidades financieras a explicar por qué rechazan un crédito

Según nueva ley, las entidades financieras están obligadas a decirle claramente a sus clientes por qué no aprobaron la solicitud de su crédito.

Bancos, cajas o financieras deben informar de forma clara los motivos del rechazo de un crédito.
Bancos, cajas o financieras deben informar de forma clara los motivos del rechazo de un crédito.

El Gobierno publicó hoy la Ley N.º 32294, que modifica la normativa actual sobre protección al consumidor en servicios financieros. La ley establece que si una persona pide un préstamo y el banco se lo rechaza, tiene derecho a saber por qué, siempre que lo solicite.

Según esta nueva norma, las entidades financieras como bancos, cajas o financieras, deben informar de forma clara los motivos del rechazo a través de los canales que ya habían acordado con el cliente, como correo electrónico, mensaje de texto o llamada telefónica.

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Sin embargo, hay una excepción: si el crédito es rechazado por motivos relacionados con el perfil del solicitante —como riesgo crediticio o políticas internas que siguen las reglas establecidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS)—, entonces el banco no está obligado a dar más detalles.

Esta excepción está respaldada por el artículo 85 del Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley N.º 29571), que permite a las entidades mantener en reserva cierta información técnica o confidencial.

Además, la SBS deberá publicar normas adicionales en un plazo de 30 días para asegurar que esta ley se aplique correctamente.

Asbanc y BCRP rechazan medida

A consideración del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), las entidades financieras realizan un proceso de evaluación crediticia del cliente que implica una serie de costos, por ejemplo, la búsqueda y recopilación del deudor para medir su capacidad de pago. "La medida propuesta agregaría costos operativos adicionales, pues crearía una etapa adicional al proceso de decisión", sostienen.

Agrega que a ello se suma la complejidad en la implementación de los canales físicos o virtuales para hacer efectiva la respuesta al cliente. "La medida propuesta podría conducir a posteriores solicitudes de reconsideración o incluso a reclamos, agregando más costos a las entidades financieras, y afectando a la libre contratación entre usuarios y dichas entidades", indicó.

Desde la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc), consideran que la propuesta como está redactada, "supone una carga operativa enorme a las entidades financieras que deberán sustentar cada una de sus decisiones de rechazo de forma motivada, abriendo la posibilidad de procedimientos de contradicción que solo haría más engorroso y oneroso el brindar los servicios de crédito".

En contraposición, indican que el marco legal actual ya establece mecanismos de comunicación pertinentes para informar a un cliente sobre el resultado de la evaluación crediticia realizada a su solicitud, "más ello no está atado a formalidades engorrosas como las planteadas".

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