Economía

BCRP sobre ley contra la usura bancaria: "Tuvo un impacto adverso en la población"

Las personas informales o con menores ingresos no han podido acceder créditos con ley que protege de intereses leoninos en el sistema financiero, según Adrian Armas, gerente central de Estudios Económicos del BCRP. Congreso busca derogar la norma.

Si se deroga la ley, bancos podrán cobrar tasas y comisiones sin tope alguno. Foto: Andina
Si se deroga la ley, bancos podrán cobrar tasas y comisiones sin tope alguno. Foto: Andina

A raíz de la gesta del Congreso para derogar la Ley 31143 - Ley que protege de la usura a los consumidores de servicios financieros, desde el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) recordaron que esta norma perjudicó principalmente a los sectores de la población informal y con menores ingresos.

"Con los topes (a los intereses) se logra que la persona no acceda al crédito o también, aunque no es deseable, que recurra al crédito informal con los riesgos que sabemos todos, conlleva (en referencia a los gota a gota)", comentó a La República el gerente central de Estudios Económicos del BCRP, Adrián Armas.

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Armas sostuvo que la experiencia peruana demuestra que un ciudadano al recibir su primer crédito, pese a tener "una tasa de interés elevada", suele ser mucho menor a la que tendría en el mercado informal —donde supera hasta el 500%—.

"Se forma reputación e historial crediticio y esas tasas de interés tienden a bajar rápidamente. Ese proceso se ha afectado de manera importante", anotó. De esa manera, aseguró que "los estudios técnicos demuestran que (la ley contra la usura) tuvo un impacto adverso en la población".

Concluye que pese a las "buenas intenciones" tras la ley contra la usura bancaria, se ha desconocido los motivos subyacentes por los que "desgraciadamente en nuestro país hay poco acceso al crédito".

¿Qué plantea la Ley contra la usura?

Según la ley 31143 —cuya derogación pasó a cuarto intermedio en el Congreso— el BCRP fija las tasas de interés máximas y mínimas en las operaciones financieras de forma semestral.

También prohibe que se cobre una penalidad o gastos adicionales, así como la capitalización de la deuda si un cliente se convierte en moroso. Además, las comisiones extras deben implicar la prestación de un servicio adicional o complementario a las operaciones contratadas y que justifiquen el traslado de dicho costo al usuario.

De cobrar una tasa mayor, la entidad financiera incurriría en el delito de usura.

Conforme a datos de la SBS, la TCEA por un préstamo de consumo —que incluye todos los costos de un crédito— oscila entre 30,55% y 125,41%; y para una tarjeta de crédito, entre 72,97% y 181,09%. La derogación de la ley eliminaría los topes, por lo que "se pretende favorecer a los bancos" —a juicio de José Luna (Podemos)—.

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