Economía

Bancos, supermercados y mercados podrán atender hasta las 6 p. m.

En regiones que regresan a confinamiento total, como Lima. Nuevas medidas rigen desde el domingo 31 de enero hasta el 14 de febrero ante la segunda ola de contagios.

16-04-2020 CARLOS FELIX  CONTRERAS MERINO
LOS PRECIOS DE LOS ALIMENTOS DE PRIMERA NECESIDAD EN  LA CANASTA FAMILIAR SIGUEN CON NORMALIDAD Y MANTIENE SU FLUJO EN EL  MERCADO CONZAC DE LOS OLIVOS.
16-04-2020 CARLOS FELIX CONTRERAS MERINO LOS PRECIOS DE LOS ALIMENTOS DE PRIMERA NECESIDAD EN LA CANASTA FAMILIAR SIGUEN CON NORMALIDAD Y MANTIENE SU FLUJO EN EL MERCADO CONZAC DE LOS OLIVOS.

Son 10 las regiones del país que regresarán desde este 31 de enero hasta el 14 de febrero a un nuevo confinamiento al estar en un nivel extremo de la pandemia. La finalidad, de acuerdo al Gobierno, es cortar la cadena de contagios que se ha elevado en las últimas semanas.

Así, Lima, Callao, Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac entrarán en inmovilización social obligatoria y solo algunos sectores económicos podrán operar pero con una reducción de aforo.

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De acuerdo al decreto supremo publicado este miércoles, en las regiones en nivel de alerta extremo, los casinos y tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas (espacios cerrados o abiertos); así como centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general. conglomerados, restaurantes y afines, e iglesias, no podrán atender de forma presencial.

Misma situación deberán acatar las bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos: 0%; así como las actividades de clubes y asociaciones deportivas, lo mismo con las peluquerías y spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillajes y otros afines. Tampoco habrá enseñanza deportiva y cultural.

No obstante, las tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas, farmacias, bancos y otras entidades financieras, podrán operar solo con un 40% de su aforo. Asimismo, se estableció que en dichas regiones, podrán atender máximo hasta las 6.00 p. m.

Si bien las actividades económicas mencionadas no podrán atender de forma presencial, sí podrán seguir realizando ventas de forma virtual y por delivery. En tanto, las actividades económicas no contempladas en el presente artículo y sus aforos, se rigen según lo establecido en las fases de la reanudación de actividades económicas vigentes.

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