Feriados el 23, 28 y 29 de julio: ¿cuánto deben pagarme por trabajar estos días?
En caso una empresa no cumpla con remunerar adecuadamente a sus empleados, pueden multarlo hasta por S/270.529.
- Crisis del gas: autorizan GNV para transporte de carga de alimentos e incluyen a más industrias
- Concesionaria Deviandes demanda al Perú en corte de Estados Unidos por incumplir pago de laudo arbitral por US$99,4 millones

Este 23 de julio se contará como un feriado más —aparte de los habituales 28 y 29 de julio— gracias a una ley del Congreso que conmemora a José Abelardo Quiñones.
Desde Buk Perú, comentan que los empleadores están obligados a darle un descanso sustitutorio a su trabajador o pagarle un sueldo del día al 100% sobre la remuneración percibida.
TE RECOMENDAMOS
¿SE ACABA LA CRISIS GNV? BALCÁZAR ANUNCIA FECHA PARA NORMALIZAR EL GAS | QUE NO SE TE OLVIDE
PUEDES VER: Revisa los candidatos y sus planes de gobierno

Ejemplo: si ganas S/1.200 mensuales —S/40 diarios— y trabajas los feriados sin descanso sustitutorio, te corresponde S/40 por cada uno más otros S/40 de sobretasa del 100%.
“En caso el colaborador goce de descanso sustitutorio por el trabajo realizado en su día feriado, no resultará aplicable el pago de la sobretasa mencionada”, añade Pamela Duffy, socia del área laboral de Dentons Perú. Aplica tanto para trabajadores remotos como a los de la modalidad presencial.
Y, en caso que una empresa no cumpla con estos beneficios, incurriría en una infracción muy grave y afrontaría multas de entre S/1.184 hasta S/270.529, dependiendo del rubro y tipo.





















