Economía

Operadoras deberán enviar alerta a usuarios cuando se realice la reposición del chip móvil

Medida rige desde el lunes 12 de setiembre con el fin de prevenir las suplantaciones de identidad. Osiptel había detectado casos en los que se realizaban hasta 20 intentos de verificación biométrica, lo que generaba dudas por el procedimiento.

El objetivo del ranking es mostrar el desempeño de las empresas en la atención de reclamos. Foto: composición LR/La República/Andina
El objetivo del ranking es mostrar el desempeño de las empresas en la atención de reclamos. Foto: composición LR/La República/Andina

Este lunes 12 de setiembre entrará en vigencia un segundo grupo de medidas dispuestas por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) para prevenir las suplantaciones de identidad en las nuevas contrataciones y reposiciones de chips de telefonía móvil.

De acuerdo a lo establecido por la Resolución N° 072-2002-CD/OSIPTEL, a partir de esa fecha se limitará a cinco el número de intentos de verificación biométrica por persona en el día y por trámite. De esta manera, se busca evitar que la verificación se obtenga luego de una cantidad anómala de rechazos, lo que resta confiabilidad al procedimiento.

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“Hemos observado por información de Reniec que, en algunos casos, se han realizado hasta 15 o 20 intentos por pasar la verificación biométrica, lo que genera dudas y resta confiabilidad al proceso de contratación o reposición de líneas móviles”, explicó el presidente ejecutivo del Osiptel, Rafael Muente Schwarz.

Las empresas operadoras deberán enviar notificaciones de alerta a través de mensajes de texto a todas las líneas que posea el abonado del servicio, así como por correo electrónico cada vez que se inicie un trámite de contratación y reposición de chip móvil. De esta manera, el usuario será informado cada vez que se realice una transacción que involucre a su línea móvil.

Contraseña única para usuarios

También entraron en vigencia otras medidas, entre las que destaca la entrega obligatoria de una contraseña única por parte de las empresas operadoras a los usuarios al momento de la contratación del servicio o en cualquier otro en el que la identidad del abonado sea validada a través del sistema de verificación biométrica.

La generación de esta clave, que podrá ser personalizada, se dará en cualquiera de las oficinas o centros de atención de las empresas operadoras, los puntos de venta habilitados para atención en provincias y a través de otros mecanismos que, de ser el caso, apruebe el Osiptel.

Las empresas operadoras también están obligadas a suspender el servicio móvil de forma inmediata ante la presentación de un reclamo por desconocimiento de la contratación o cuando se desconoce la reposición del SIM Card o chip móvil.

Asimismo, en los casos de desconocimiento o cuestionamiento de la contratación del servicio, la portabilidad numérica, el cambio de titularidad o la reposición de chip móvil, la empresa debe entregar, a solicitud del abonado, la información y documentación relacionada al trámite cuestionado, en un plazo máximo de cinco días hábiles.

Además, para la reposición de chip móvil y la recuperación del número telefónico, el abonado debe presentar la solicitud de forma personal. Las operadoras deben verificar su identidad mediante la exhibición del documento legal de identificación —excepcionalmente, con la denuncia policial en caso de extravío— y el sistema de verificación biométrica de huella dactilar.

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