Se vienen cambios en leyes de empleo: ¿Son positivas las nuevas medidas?
Puntos de vista. Laboralistas opinan sobre los nuevos lineamientos que el Gobierno aplicará en el corto plazo en el marco del Plan Nacional de Competitividad que se aprobó hoy.
El Gobierno aprobó hoy el Plan Nacional de Competitividad y Productividad el cual contempla lineamientos para “modernizar” leyes en el ámbito laboral. Algunos de los temas han generado debate entre los laboralistas, ¿qué dicen?
Por un lado, Javier Neves resalta que el Plan “no plantea la disminución de derechos laborales, como en las versiones de agosto y diciembre de 2018. El único punto en el que podrían surgir recortes, es el referido a la actualización del marco normativo laboral, especialmente en la extensión de la remuneración integral”, señala.
Así, indica que se debe tener en cuenta que, como se propone modificar el reglamento y no la ley, no se podrá rebajar el piso de 2 UIT para poder establecerla. “Por el lado del Gobierno parece, pues, que no vendrán las degradaciones de derechos; pero, por el del Congreso, podrían ocurrir”, resalta.
Es preciso indicar que según lo que plantea el Plan Nacional en su Objetivo prioritario 5, señala que se debe actualizar el marco normativo laboral. En particular, se propone otorgar mayores contenidos al reglamento del Decreto Legislativo N° 728 Ley de Fomento de Empleo, en relación a una serie de aspectos tales como:
1. Determinación prorrateada mensual de beneficios laborales tras acuerdos con el empleador.
2. Definición de situación económica habilitante para la terminación colectiva de contratos de trabajo.
3. La implementación de un proceso de evaluación médica para declarar la invalidez absoluta permanente, así como la digitalización de boletas de pago y otros documentos para el trabajador, entre otros.
Justamente, son éstos tres puntos los que preocupa a otro laboralista, Javier Mujica, quien citando a la Dra. Katty Caballero, señala que se debe tener en cuenta que este Plan, en el aspecto «Mercado Laboral» “plantea actualizar el mercado de trabajo - de acuerdo a nuestra humilde opinión - a través de más flexibilización laboral”.
¿Qué implicancias tendría? Explica que respecto a la «determinación prorrateada mensual de beneficios laborales tras acuerdo con el empleador» se entiende como promover el pago de la remuneración integral (como el que existe para el régimen agroexportador) - que ya existe marco regulatorio - pero buscando que hayan menos restricciones que las que existen actualmente.
“Recordemos que la inclusión de los beneficios laborales en la remuneración se aplica en el caso del régimen laboral de la agroindustria; ¿Busca el gobierno ampliar los alcances de la remuneración integral a todos los trabajadores, so pretexto de un «acuerdo previo»? Ya sabemos.como funciona eso”, recalca.
Otro punto cuestionable - según Caballeros - es que se pretende «actualizar» «la definición de la situación económica habilitante para la terminación colectiva de los contratos de trabajo» (Decreto Supremo 003-97-TR) ya regula los denominados «Ceses por Causas Objetivas» regulación que facilita el cese laboral de trabajadores sin derecho a beneficio alguno, salvo sus beneficios laborales, creemos que la actualización normativa que plantea el ejecutivo sólo buscará facilitar aún más estos «ceses», perjudicando aún más a los trabajadores.
“Si bien es cierto que este DS no ha incorporado la propuesta inicial que incluía la eliminación de la reposición, lo que significa un retroceso del gobierno en ese punto, como evidente consecuencia de la movilización de los trabajadores en los.últimos meses; ello no quiere decir que las reformas que propone ahora sean menos peligrosas, creemos que este gobierno esta decidido a acceder a los pedidos de la CONFIEP, además recordemos que existen en el Congreso propuestas similares, como el de la Congresista Úrsula Letona”, señala.
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Plazos
Consultado sobre el tema, Percy Alache, director de PwC Perú, coincide que el Gobierno dejó de lado el debate sobre: eliminación de la reposición, el incremento de la indemnización por despido arbitrario, los regímenes especiales (agrario) y una nueva ley de empleo juvenil.
Asimismo, precisa que en un plazo de 15 días hábiles, es decir, la tercera semana de abril, deberán reunirse los comités públicos - privados para perfilar las propuestas. Este Plan tendría vigencia hasta diciembre de 2030.
Sobre las leyes laborales, opina que permitir un mayor uso de la remuneración integral anual servirá para que las empresas puedan distribuir proporcionalmente sus costos en el año (y no se vean afectadas en los meses pico como mayo, julio, noviembre y diciembre) y el trabajador pueda tener mayor liquidez al final del mes.
Por último, resaltar que es válido actualizar el cálculo del trabajo a tiempo parcial, de manera que pueda ser usado con mayor frecuencia, incluso para los casos de atención de las responsabilidades familiares. En tanto, actualizar la ley que regula el sistema del teletrabajo para que más empresas lo utilicen y se llenen los vacíos actuales respecto de la fiscalización de labores y uso de condiciones de trabajo (tecnológicas, digitales).