
El Gobierno oficializó la eliminación del salvoconducto y su reemplazo por el pasaporte de emergencia, un documento que permitirá a los ciudadanos peruanos en el exterior continuar su viaje o regresar al Perú cuando no puedan obtener un pasaporte ordinario.
La medida fue aprobada mediante el Decreto Supremo N.º 031-2026-RE, que modifica la normativa consular vigente y actualiza los procedimientos para la emisión de documentos de viaje en casos de urgencia.
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El pasaporte de emergencia será el nuevo documento oficial que emitirán las oficinas consulares del Perú en el extranjero cuando una persona no pueda acceder a un pasaporte ordinario y necesite viajar de inmediato.
Su finalidad es garantizar la protección y asistencia consular en situaciones de emergencia, al permitir el retorno al Perú o al país de residencia.
La norma establece que este documento puede ser expedido de oficio por el consulado o a solicitud del interesado, según las circunstancias del caso.
El pasaporte de emergencia tendrá una vigencia de siete meses contados desde su emisión y no podrá ser prorrogado.
Además, las oficinas consulares deberán entregar el documento en un plazo máximo de 24 horas desde que se presente la solicitud.
Para obtener el pasaporte de emergencia, el solicitante deberá estar inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
En el caso de menores de edad que aún no estén registrados, el representante legal deberá presentar:
Asimismo, será necesario pagar los derechos consulares establecidos en el tarifario vigente.
El documento podrá otorgarse en situaciones como:
La norma también señala que no podrá emitirse un segundo pasaporte de emergencia a una misma persona, salvo que existan razones justificadas ajenas a la voluntad del titular.
Los salvoconductos emitidos antes de la entrada en vigor de la norma seguirán vigentes hasta la fecha de vencimiento indicada en cada documento.
Desde julio de 2026, toda referencia al salvoconducto en las normas y reglamentos del Ministerio de Relaciones Exteriores será reemplazada por el pasaporte de emergencia.
Con esta modificación también se actualizan el Reglamento Consular del Perú y el Tarifario de Derechos Consulares, al eliminar las disposiciones relacionadas con el salvoconducto e incorporar el nuevo documento de viaje.
La implementación de esta medida será financiada con el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.





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