
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) confirmó en segunda y última instancia administrativa una sanción de 458 UIT, equivalente a S/2.519.000, contra la Asociación Educativa sin Fines de Lucro Apu Señor de Huanca, promotora del colegio privado Fleming, ubicado en Cusco. La decisión responde a diversas infracciones detectadas en un campeonato deportivo organizado por la institución en noviembre del 2021.
La resolución determina que el centro educativo incumplió con brindar atención adecuada y oportuna a un estudiante que sufrió un golpe durante la actividad deportiva y que posteriormente falleció. Además, el Tribunal del Indecopi ratificó otras sanciones relacionadas con la organización del evento y el cumplimiento de las condiciones exigidas para este tipo de actividades.
La Sala Especializada en Protección al Consumidor confirmó la multa principal de 450 UIT tras concluir que el colegio vulneró el artículo 73 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, norma que establece el deber de garantizar la idoneidad en la prestación de los servicios educativos. Según la resolución, la institución no proporcionó el auxilio adecuado al alumno luego de que este resultara herido durante el campeonato deportivo realizado en noviembre del 2021.
Al tratarse de una infracción vinculada con la prestación del servicio educativo, la autoridad administrativa impuso la máxima sanción prevista en materia de protección al consumidor. Con esta decisión, la Sala confirmó el fallo emitido previamente por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Cusco mediante la Resolución N.° 2281-2026/SPC-INDECOPI.
Además de la multa principal, el Tribunal del Indecopi ratificó tres sanciones adicionales por irregularidades detectadas en la organización del campeonato deportivo. La institución recibió una multa de 3 UIT por realizar el evento sin autorización durante la emergencia sanitaria por la COVID-19 y otra de 3 UIT por no contar con personal médico ni con personal capacitado en primeros auxilios para atender cualquier emergencia.
A ello se sumó una sanción de 2 UIT debido a que el colegio contrató a una docente de Educación Física que no tenía título profesional. En conjunto, las cuatro multas alcanzan las 458 UIT, equivalentes a S/2.519.000, monto que quedó firme tras la decisión emitida por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, con lo que se agotó la vía administrativa del procedimiento.





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