El Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria del Poder Judicial dispuso liberar a Luis Cruz Layme. El manifestante, perteneciente a la comunidad aimara, participó de las protestas del 29 de julio en las inmediaciones de la plaza 2 de mayo. Según el acta policial y la tesis fiscal, Cruz Layme habría golpeado con un objeto contundente a un policía miembro de la Unidad de Control de Emergencias.
La jueza María del Carmen Lauya Mendez sostuvo que no se encuentran elementos fundados y de convicción que cumplan con los requisitos del delito de disturbios, que son el atentado contra la integridad física de las personas y el daño en multitud contra la propiedad pública o privada. Así mismo, determinó que el Ministerio Público no fundamento un peligro de obstaculización ni de fuga.
Sobre el delito de violencia y resistencia a la autoridad, la jueza indicó que la declaración de Luis Cruz Layme y los efectivos policiales serían pruebas suficientes que respaldan dicho proceso. Además, en referencia al presupuesto del pronóstico de la pena, señaló que el pedido no debería ser mayor de cuatro años, de acuerdo al artículo 268° del Código Procesal Penal.
Cruz Layme, en libertad, igualmente continuará con la investigación bajo una comparecencia restrictiva que deberá acatar según lo dispuesto por el Poder Judicial, bajo apercibimiento de imponerle prisión preventiva de no cumplirlo.