En la demanda de Acción de Amparo interpuesta por la Organización Regional de Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO) contra el Gobierno Regional de Loreto para que se abstenga de otorgar concesiones forestales en el ámbito de reservas indígenas, la Corte Superior de Justicia de Loreto declaró fundada la demanda y ordenó al gobierno regional se abstenga de otorgar concesiones forestales en dichos territorios.
Asimismo, determinó no aplicar el artículo 1 del DS 080-2020-PC, que reanuda las actividades económicas para la industria forestal.
El juzgado consideró que la extracción de madera en territorios de Pueblos Indígenas en Aislamiento (PIA), ya sea de manera legal o ilegal, trae consigo consecuencias devastadoras para estos pueblos debido a su extremada vulnerabilidad. Recuerda que la tala ahuyenta animales del monte, disminuyendo las fuentes de alimentación y subsistencia de dicha población.
Otro aspecto que toma en cuenta es que la industria maderera utiliza maquinaria pesada debido al alto volumen de pies cúbicos talados, y al operar emite carbono, además de contaminar la zona con el constante cambio de aceite de sus motores, producto que es arrojado al río o queda derramado en tierra.
“Se puede establecer que la presión que recae sobre los Pueblos Indígenas en Aislamiento es en su mayoría la extracción de recursos naturales como la madera, ya sea de manera formal o informal, legal o ilegal, siendo un grave factor que constituye una amenaza a la integridad física y cultural de los PIA”, precisa el fallo judicial.
Y agrega que “se debe tener en cuenta de que en el Perú no existe una política responsable y de obligatorio cumplimiento para la reforestación de las áreas de extracción de recursos maderables”.
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En esta demanda, ORPIO fue patrocinada por Adán Cassia Córdova y Maritza Quispe, de IDL. Y contó con el apoyo de Matías Pérez Ojeda del Arco, de Forest Peoples Programme; y Dayne Orbegoso, de EIA Inc.
El abogado Juan Carlos Ruiz Molleda, de IDL, refirió que el Gobierno Regional de Loreto no ha apelado la sentencia, lo cual implicaría que están ante una sentencia firme que debe ser acatada.
“De esta manera, el Poder Judicial protege a los Pueblos Indígenas en Aislamiento de aquellos sectores que venían pidiendo se elimine las reservas indígenas, luego de negar la existencia de estos pueblos. Son los mismos sectores que se opusieron a la aprobación del Acuerdo de Escazú”, manifestó Ruiz Molleda.