Durante el mes de junio de 2022, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) anunció que en la actualidad, en el Perú, aproximadamente 4.000 celulares son robados diariamente. Los delincuentes usan estos equipos para venderlos en el mercado negro, ya que cientos de peruanos compran estos móviles debido a su módico precio.
Sin embargo, esta situación hace que, día a día, los malhechores encuentren un negocio latente en el robo de celulares. Por tal motivo, actualmente existe el Decreto Legislativo 1338, el cual le da facultades a la Policía para que pueda intervenir a cualquier persona (siempre que haya razones que así lo justifiquen) para verificar si su equipo tiene o no un IMEI reportado como robado.
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Celulares.
En la siguiente nota de La República, conoce si te pueden detener si tienes un celular con un IMEI reportado como robado a través de dos abogados constitucionalistas que se entrevistó.
La respuesta es Sí, esto luego de que entrara en vigencia en el año 2017 el Decreto 1338, el cual autoriza a una autoridad policial a detener a un ciudadano si detecta que el equipo celular se encuentra reportado como robado en Osiptel. Hecho que podría terminar en que seas procesado por el delito de Receptación.
Para la abogada Susan Chumpitazi Ruiz, el mencionado decreto “debería tener algún tipo de modificación”. Asimismo, ella recomienda que se deberían realizar intervenciones en las zonas donde se comercian estos equipos.
“Los establecimientos que se dedican a la venta de estos artefactos (corporaciones debidamente constituidas) deberían tener mejores mecanismos de protección ante los robos, dado que se sigue presentando el mismo problema (delito de receptación) ante un robo o hurto y ello porque los mecanismos de seguridad de los equipos no resultan suficientes”, resaltó a este medio de comunicación.
No obstante, esta política tiene aún muchos desperfectos en la práctica. Muchos especialistas consideran que se vulnera la presunción de inocencia de un ciudadano.
“Si bien la norma faculta a la PNP a intervenir a cualquier ciudadano, esta debería ser siempre y cuando existan razones fundadas que hagan suponer que la persona está inmersa en un delito y no solo porque está pasando o le pareció ‘sospechoso’. Toda intervención debe ser garantizanda con los derechos procesales y fundamentales de la persona”, resaltó el abogado Juan Gutierrez Donayre, quien también señaló que “el problema es que la PNP —al amparo de dicha norma— interviene a todo el mundo bajo el pretexto de que tiene una actitud sospechosa. Cuando muchas veces dicha sospecha no tiene ningún sustento. Y eso es lo que está mal”.
En esa línea, la especialista consultada indicó que no resulta constitucional intervenir de forma aleatoria a ciudadanos por “encontrarlos sospechosos”.
“Debemos tener presente que para una intervención policial debe existir un delito en flagrancia o una justificación, a ello detenerlos porque el IMEI de su teléfono se encuentra reportado como robado, también se ve vulnerado su principio de presunción de inocencia, en razón de que no existe seguridad de que Osiptel registrara de forma adecuada la información en su base de datos. Esto porque es probable que un celular —que en realidad se extravió— haya sido reportado como ‘robado’ y, evidentemente, si el equipo celular no tiene un origen ilícito, no se cumplen con las exigencias del tipo penal de Receptación”.
Gutierrez Donayre considera que debería empezarse conceptualizando lo que constituye una “actitud sospechosa”.
“Con eso se evitará intervenir a cualquier persona indebidamente y solo sí a aquellas que se vean inmersas dentro de una conducta sospechosa delictuosa. Así, se evitan intervenciones innecesarias e indebidas y se limita la labor de la policía a intervenir a quienes realmente se encuentra realizando una conducta dentro del alcance de la conceptualización de lo que es una actitud sospechosa. Es decir, se le facilitaría la labor a la policía y, por tanto, se le haría más eficiente”, acotó.
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En el año 2021, se registró el primer caso de privación de la libertad por comprar un celular robado. El hecho sucedió en la región de Pucallpa y la protagonista fue una mujer de 24 años, sentenciada a 9 de prisión preventiva.
La jueza Melina Díaz Acosta, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Coronel Portillo, la condenó por el delito de receptación agravada. Se supo que la mujer identificada como Nancy Janaina Huayta Sucumbe adquirió el móvil por el precio de 200 soles y aceptó su culpabilidad al comprarlo.
La acción de comprar un celular robado es calificado como “delito de receptación” gracias al Artículo 194 del Código Penal, en el cual se dice que “aquella persona que adquiera, reciba en donación, emprenda o guarde, venda y/o negocie con un bien ajeno de procedencia dudosa o tiene origen delictivo, será privada de su libertad por un tiempo no menor ni mayor de cuatro años y con una multa”.
El IMEI es el código de Identificación de Equipo Móvil Internacional. Sirve para identificar a un teléfono celular a nivel mundial y es único; es decir, no hay dos dispositivos móviles en todo el mundo que tengan el mismo.
Para bloquear tu celular, primero debes reportar tu celular como robado o perdido ante tu empresa operadora, de manera virtual o presencial, con los siguientes datos: