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Sociedad

Apurímac: dejan sin efecto declaración de Estado de Emergencia en Challhuahuacho y Coyllurqui

Decreto Supremo publicado en El Peruano deja sin efecto la medida tomada el 27 de abril y que se prorrogó el 28 de mayo.

Takiruta. Los comuneros de Fuerabamba que ingresaron a la propiedad de Las Bambas señalan que no saldrán del lugar. Su presidente dijo que están dispuestos a entregar sus vidas. Foto: Zaida Tecsi/ La República
Takiruta. Los comuneros de Fuerabamba que ingresaron a la propiedad de Las Bambas señalan que no saldrán del lugar. Su presidente dijo que están dispuestos a entregar sus vidas. Foto: Zaida Tecsi/ La República

A través del Decreto supremo Nº 064-2022, publicado en El Peruano, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) ha dejado sin efecto la declaración del Estado de Emergencia en los distritos de Challhuahuacho y Coyllurqui de la provincia de Cotabambas, en el departamento de Apurímac.

Esta medida, tomada el 27 de abril por treinta días calendario (DS N° 042-2022), se prorrogó por sesenta más desde el 28 de mayo (DS N° 059-2022). La norma respondió a que en la mencionada zona los comuneros de Fuerabamba ingresaron a los terrenos de la mina MMG Las Bambas desde el 14 de abril.

El texto difundido por el medio oficial refiere que el artículo 44 de la Constitución “prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación”.

Asimismo, en el siguiente párrafo se respaldan los decretos anteriores invocando el artículo 137 de la Carta Magna, el cual señala que el presidente de la República puede decretar “por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él” el Estado de Emergencia “en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación”.

Como también se indica, esto significa que pueden “restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio”.

Estado de emergencia será por 30 días. Foto: La República

Según lo publicado, fue la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú la que recomendó este cese en las zonas referidas, sustentándose en un Informe reservado que daba cuenta “sobre el resultado de las mesas de trabajo desarrolladas entre las autoridades del Gobierno Nacional, los representantes de las comunidades campesinas y de la empresa Minera Las Bambas S.A.”.

“Al haberse arribado a acuerdos para restablecer el orden interno en los distritos de Challhuahuacho y Coyllurqui, por acción del Estado, de la ciudadanía y demás instituciones y organizaciones, resulta pertinente dejar sin efecto la declaración y prórroga del Estado de Emergencia”, se especifica.

Finalmente, en su primer artículo, se estipula dejar sin efecto la declaración del Estado de Emergencia en los distritos mencionados. Por otra parte, el artículo 2 indica que el nuevo decreto “es refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, el ministro del Interior, el ministro de Defensa y el ministro de Justicia y Derechos Humanos”.

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