Después de 10 meses de la promulgación de la Ley de Urgencia Médica y Atención Integral del Cáncer en el Niño y Adolescente, el Gobierno aprobó su reglamento con el objetivo de brindar un tratamiento oportuno a los menores con esta enfermedad.
Este establece que la población beneficiaria de la ley son personas menores de 18 años, quienes han recibido una confirmación de su diagnóstico —por medio de los estudios pertinentes, un médico especialista y el estadiaje de la enfermedad— en cualquiera de sus etapas, tipos o modalidades. Esto debe constar en el registro de la historia clínica correspondiente.
De acuerdo con la normativa, los menores con cáncer obtendrán los siguientes beneficios:
Asimismo, se realizará la creación del Registro Nacional de Cáncer de Niños y Adolescentes en un plazo no menor a 180 días, el cual será el único del sistema de salud que permita la obtención de datos epidemiológicos y estadísticos para el seguimiento de los pacientes.
En esa línea, el Ministerio de Salud, en un plazo de treinta días hábiles, reglamentará los aspectos relacionados al subsidio oncológico.