Wilder Pari
La madrugada del 14 de noviembre, un operativo del Ministerio Público desarticuló una presunta mafia del Sindicato de Construcción Civil de Arequipa, que extorsionaría a constructoras con pagos y bolsas de trabajo en favor del gremio. La Fiscalía señala que una ordenanza regional daría la fachada de legalidad a estas cuotas sindicales. La norma tiene críticos y defensores.
La ordenanza es la 283, fue firmada (y promovida) el 6 de agosto del 2014 por la entonces presidenta del Consejo Regional, Yamila Osorio Delgado. Asigna un 60% de la bolsa de trabajo a los sindicatos de Construcción Civil, en obras que el Gobierno Regional de Arequipa realice por administración directa.
Los críticos a la norma indican que tuvo un origen electoral. Aquel año, Yamila Osorio postulaba para gobernadora regional. Mientras que, desde el sindicato, opinan que entonces la norma era necesaria, pues las empresas llegaban con personal propio desde otras ciudades y debía protegerse el trabajo de los obreros locales.
Los tratos de gobiernos locales con Construcción Civil también suceden fuera de Arequipa, aunque no mediante ordenanzas. En agosto, el suspendido gobernador de Puno, Walter Aduviri, se comprometió a asignar un 40% de mano de obra al gremio del andamio. En otras entidades públicas, la bolsa se negocia por cada proyecto.
Quienes discrepan de estos convenios señalan que se vulnera la Constitución, pues se discriminaría a los no sindicalizados, afectando el principio de igualdad ante la ley.
Por su parte, el abogado laboralista César Ordóñez refiere que los convenios no están prohibidos y que son necesarios, pues el trabajo de Construcción Civil tiene características especiales, como su corta duración. Además, se resguardaría el trabajo de los representantes gremiales, pues estos son vetados.
El abogado de Construcción Civil, Héctor Herrera, sostiene que la Ordenanza 283 tiene rango de ley y debe cumplirse, incluso si tuvo un origen electoral. El jurista en derecho administrativo Juan Carlos Rebaza discrepa, porque si bien los gobiernos locales tienen autonomía, sus normas deben obedecer a un estado unitario, sin contravenir la Constitución.
Más allá de la legalidad de la ordenanza, la Fiscalía considera que hay prácticas extorsivas del sindicato hacia las constructoras. En conversaciones conseguidas por el Ministerio Público, dirigentes de Construcción Civil advierten a los representantes de las obras que paralizarán si no acceden a un porcentaje de la bolsa de trabajo.
Para Juan Carlos Rebaza, hay indicios de la comisión de delitos que deben investigarse, mientras que Héctor Herrera dice que solo se trata del derecho a la protesta del sindicato, pues las empresas desconocerían convenios previos. Añade que si alguien cometió delito de extorsión, debe ser sancionado, pero no debe acusarse a todo el gremio de Construcción Civil.
El director ejecutivo nacional de la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco), Guido Valdivia, desconoce el caso puntual de Arequipa. Recuerda que, hasta hace algunos años, existía el “chalequeo”, con el que extorsionadores cobraban cupos a las constructoras a cambio de brindar una supuesta seguridad.
Valdivia considera que las pequeñas y medianas constructoras son más susceptibles a sufrir algún tipo de extorsión, así como las que desarrollan proyectos en sitios alejados. No comparte el asignar la mano de obra por norma, pues existe la libertad de contratación, con la cual debe priorizarse la eficiencia.
El consejero regional José Luis Hancco señala que no existe ninguna iniciativa para derogar la Ordenanza 283. Incluso considera que la norma es buena, pero se distorsionó, pues el gremio quiso aplicarla para obras privadas.
Añade que se requeriría un pronunciamiento del Tribunal Constitucional para determinar su legalidad, pero hasta ahora no se presentaron recursos.